De Cuando des tribunal suspende o revocación o Licencia de Conducir y privilegio, un su Discrecion, las Órdenes de reintegro de una persona: (1) El tribunal debera recoger TODAS las Licencias de Conducir revocada o SUSPENDIDA de la persona y las remitirá INMEDIATAMENTE al departamento, junto con el acta de tal Sentencia. El secretario de tribunal DICHO also debera mantener Una Lista de TODAS las revocaciones o Suspensiones porción la corte.
(2) (a) El tribunal emitirá Una Orden de reintegro, en la ONU Formulario Que se ha proporcionado porción el departamento, Lo Que la persona Florerias Llevar un any Licencia de Conducir Examen de Oficina. El departamento emitirá sin Permiso de Conducir temporal sin un licenciatario Que presentación la Orden judicial de Restitución, la prueba del Cumplimiento de la ONU departamento de Formación de Conductores Aprobado o Sustancia Curso de Educación Abuso, y Una Solicitud porción Escrito párr Una audiencia Bajo la s. 322.271 . El Permiso No Se expide en Caso De Una Verificación de Antecedentes Por el departamento Muestra Que la persona ha Sido previamente Condenado Por Una Violación de s. 316.193 , ex. s 316.1931 , ex. s 316.028 , ex s. 860.01 , o Una Condena anterior FUERA of this Estado porción Conducir Bajo la Influencia, la Conducción en Estado de ebriedad, Conducir ONU de la estafa Nivel de alcohol ilegal, o Cualquier delito similares de Tráfico Relacionados con el alcohol o las Drogas, Que El Privilegio de Conducir de la persona Que previamente Haya Sido Suspendido Por negarse a someterse a Una prueba legal de aliento, sangre u Orina, o Que la persona no está de Otra Manera no tendra direction derecho a la Expedición De Una Licencia de Conducir. Este parrafo No Se interpretará Como impedimento párrafo el restablecimiento de Una Licencia de Conducir o privilegio Que esta SUSPENDIDA ACTUALMENTE porción Conducir ONU de la estafa Nivel de alcohol ilegal o de la negativa a someterse a Una Respiración, la Orina o de Sangre y also sí REVOCO Una Condena Por La Violación de s. 316.193 o anterior s. 316.1931 , si la suspensión y revocación Surgen del Mismo incidente.
(B) El Permiso de Conducir temporal sí limitará a ya mar con multas o Comerciales De Empleo descritas en el s. 322.271 , Segun lo Determinado por El departamento, y sí no utilizará el párrafo placer, Conducir Por diversión, o no ESENCIALES.
(C) Si el Departamento determinación En Una Fecha posterior de Sus Registros Que el solicitante ya ha Sido Condenado Por Un delito Contemplado en el Apartado (a) Que EL o ella no elegible párrafo Rendir el restablecimiento, el departamento procedera a la CANCELACION del Permiso de Conducir temporal y emitirá Una Orden de revocación o suspensión por El term Mínimo APLICABLE. Un Permiso temporal emitida Conforme a this section Sera Válida Por 45 Días o Hasta Que se cancele Conforme a lo dispuesto en el Presente Apartadó.
(D) El PERIODO DE TIEMPO Durante el Cual sin Permiso provisional expedido de Conformidad con el parrafo (a) es Válida, sí considerará Como instancia de parte del Periodo de revocación impuesta por El tribunal.
Historia. - s. 9, cap. 74-384, s. 2, cap. 75-113, s. 1, cap. 77-174, s. 24, cap. 78-394,. s cap 24,. 83-215, s. 11, cap. 84-359, s. 9, cap. 86-296, s. 4, cap. 89-525, arts. 11, 23, . ch 91-255, s. 417, cap. 95-148, s. 86, cap. 2013-160.
(2) (a) El tribunal emitirá Una Orden de reintegro, en la ONU Formulario Que se ha proporcionado porción el departamento, Lo Que la persona Florerias Llevar un any Licencia de Conducir Examen de Oficina. El departamento emitirá sin Permiso de Conducir temporal sin un licenciatario Que presentación la Orden judicial de Restitución, la prueba del Cumplimiento de la ONU departamento de Formación de Conductores Aprobado o Sustancia Curso de Educación Abuso, y Una Solicitud porción Escrito párr Una audiencia Bajo la s. 322.271 . El Permiso No Se expide en Caso De Una Verificación de Antecedentes Por el departamento Muestra Que la persona ha Sido previamente Condenado Por Una Violación de s. 316.193 , ex. s 316.1931 , ex. s 316.028 , ex s. 860.01 , o Una Condena anterior FUERA of this Estado porción Conducir Bajo la Influencia, la Conducción en Estado de ebriedad, Conducir ONU de la estafa Nivel de alcohol ilegal, o Cualquier delito similares de Tráfico Relacionados con el alcohol o las Drogas, Que El Privilegio de Conducir de la persona Que previamente Haya Sido Suspendido Por negarse a someterse a Una prueba legal de aliento, sangre u Orina, o Que la persona no está de Otra Manera no tendra direction derecho a la Expedición De Una Licencia de Conducir. Este parrafo No Se interpretará Como impedimento párrafo el restablecimiento de Una Licencia de Conducir o privilegio Que esta SUSPENDIDA ACTUALMENTE porción Conducir ONU de la estafa Nivel de alcohol ilegal o de la negativa a someterse a Una Respiración, la Orina o de Sangre y also sí REVOCO Una Condena Por La Violación de s. 316.193 o anterior s. 316.1931 , si la suspensión y revocación Surgen del Mismo incidente.
(B) El Permiso de Conducir temporal sí limitará a ya mar con multas o Comerciales De Empleo descritas en el s. 322.271 , Segun lo Determinado por El departamento, y sí no utilizará el párrafo placer, Conducir Por diversión, o no ESENCIALES.
(C) Si el Departamento determinación En Una Fecha posterior de Sus Registros Que el solicitante ya ha Sido Condenado Por Un delito Contemplado en el Apartado (a) Que EL o ella no elegible párrafo Rendir el restablecimiento, el departamento procedera a la CANCELACION del Permiso de Conducir temporal y emitirá Una Orden de revocación o suspensión por El term Mínimo APLICABLE. Un Permiso temporal emitida Conforme a this section Sera Válida Por 45 Días o Hasta Que se cancele Conforme a lo dispuesto en el Presente Apartadó.
(D) El PERIODO DE TIEMPO Durante el Cual sin Permiso provisional expedido de Conformidad con el parrafo (a) es Válida, sí considerará Como instancia de parte del Periodo de revocación impuesta por El tribunal.
Historia. - s. 9, cap. 74-384, s. 2, cap. 75-113, s. 1, cap. 77-174, s. 24, cap. 78-394,. s cap 24,. 83-215, s. 11, cap. 84-359, s. 9, cap. 86-296, s. 4, cap. 89-525, arts. 11, 23, . ch 91-255, s. 417, cap. 95-148, s. 86, cap. 2013-160.