(1) Se Establece Una Casa Móvil y el Fondo Fiduciario de Protección Vehículo recreativo. El Fondo fiduciario Sera administrado y manejado por El Departamento de Seguridad de Carreteras y Vehículos Motorizados. Los Gastos incurridos por El departamento en la Administración de esta sección sólo sé Pagara a los Créditos provenientes del Fondo fiduciario.
(2) A partir del 1 de octubre de 1990 el departamento debera imponer y Cobrar Una tarifa Adicional de $ 1 Porción Cada nueva Vivienda Móvil y nueva transaccion título del Vehículo recreacional Parr cobra el Cual Una tarifa. Este cargo Adicional Sí Deposita en el Fondo fiduciario. El Departamento de Seguridad de Carreteras y Vehículos Motorizados cobrará Una Cuota de $ 40 Por distribuidor anual y Licencia de Fabricante y Renovación de la Licencia, Que se depositará en el Fondo fiduciario. Las Sumas depositadas en el fideicomiso Sí utilizarán Exclusivamente Parr Llevar a cabo los Propósitos de esta sección. ESTAS Sumas podran Servicio invertidos y reinvertidos por El director de Finanzas en las Mismas limitaciones Que se aplican a las Inversiones de Otros Fondos Estatales, Con Todo el Interés de Inversiones ESTAS depositada en el Haber del Fondo fiduciario.
(3) El Fondo Fiduciario Sí utilizará parrafo adaptarse a Cualquier Juicio o de DEMANDA Cualquier persona, Conforme a lo dispuesto Porción esta sección, en contra de Una Casa Móvil o Concesionario de Vehículos Recreativos o corredor Porción Danos, Restitución, o Gastos, incluyendo los Honorarios razonables de abogados, resultantes de Una causa de Acción Relacionada directamente con las Condiciones de Cualquier Contrato escrito por el en Relación con La Venta, el Intercambio, o la Mejora De Una Casa Móvil o Vehículo recreativo, o Cualquier Porción Violación del Capítulo 319 o el Capítulo.
(4) El Fondo Fiduciario no Sera responsable Porción Cualquier Fallo, o Instancia de Instancia de Instancia de instancia de parte del Mismo, Como Consecuencia de Cualquier Reclamación de Responsabilidad Civil, salvo lo dispuesto expresamente en el inciso (3), ni de los Daños punitivos, ejemplares, doble o triple. una persona, el Estado, o subdivisión Cualquier Politica de Los Mismos pueden recuperarse contra la Banca Móvil en Casa O Vehículo recreativo, Agente, o de Garantía, Conjunta y solidariamente , Por los Danos, Restitución, o Gastos, Siempre Que, embargo de Pecado, Que en la Ningun Caso Fondo fiduciario o de la Garantía Seran Responsables De Una CANTIDAD en Exceso de los Daños reales, Restitución, o Gastos.
(5) Sin perjuicio De Las limitaciones Ÿ requisitos de esta Sección, el Fondo fiduciario sueros utilizada por El departamento parrafo indemnizar a Las Personas Que Tienen Que juicios insatisfechas, o es ciertas Circunstancias Limitadas Demandas insatisfechas, en contra de Una Casa Móvil o Concesionario de Vehículos Recreativos o corredor. Las Siguientes Condiciones Deben Existir Para Qué una persona elegible mar Parr presentar Una DEMANDA contra el Fondo fiduciario: (A) El Demandante ha Obtenido Una Sentencia definitiva Que No Satisfecho no está en contra del Concesionario de Vehículos de Casas Móviles o de recreo o corredor o HACER fiador solidario o contra el vendedor de casas Móviles o SÓLO corredor, si la corte encuentra Que el fiador no era responsable debido al Pago Previo de las Demandas Validas contra la fianza Por Una CANTIDAD Igual o Mayor Que el valor nominal del bono APLICABLE, o el Demandante Tiene Prohibido presentar Una DEMANDA en la ONU Juicio debido a la ONU procedimiento de quiebra no no no no está Pendiente por El distribuidor o corredor, y el Demandante ha Presentado Una DEMANDA en ESE procedimiento de quiebra, o el negociante o anunciante ha cerrado HACE Negocio y no Puede Ser encontrado o Sí encuentra Dentro de la Jurisdicción del Estado, y
(B) A Solicitud ha Sido del del del del hecha En Una DEMANDA contra el fiador y Una Sentencia obtenida es insatisfecha, la UNA DEMANDA SE ha hecho en Una DEMANDA contra el fiador Que Si ha quedado o descargada en la ONU procedimiento de quiebra, o el Pecado no Demandante no no no está prohibida desde la Presentación Una DEMANDA En Un Juicio Por Un procedimiento concursal no no no no está Pendiente de Garantía o no la Garantía SE HACE responsable por El Pago Previo de las Demandas Validas contra la fianza en Una CANTIDAD Igual o Mayor Que el valor nominal del bono Correspondiente. Sin embargo, el Demandante no Florerias Recuperar MEDIANTE el Fondo de fideicomiso, si el Demandante ha Recuperado de la fianza Una CANTIDAD Que es Igual o Mayor Que La Perdida total de de.
(6) Con el fin de recuperarse del Fondo fiduciario, la persona debe presentar Una Solicitud y Reclamación verificada con el departamento. (A) Si el solicitante ha Obtenido Una Sentencia Que No Satisfecho no está en contra de la Casa Móvil o Concesionario de Vehículos Recreativos o corredor o HACER aval en los de Términos de la Presente Sección, el reclamo debe especifícalo verificado lo siguiente: 1.a Que la Sentencia en contra de la Casa Móvil o Concesionario de Vehículos Recreativos o corredor y HACER Garantía Sí ha introducido, o
. b Que la Sentencia en contra de la Casa Móvil o Concesionario de Vehículos Recreativos o corredor contiene Una constatación Específica De que la Garantía NO TIENE Responsabilidad, Que la ejecución debe debe debe Resuelve Sí ha Vuelto insatisfecho, Y Que Una Sentencia de hipoteca Sí ha perfeccionado;
. 2 El Importe de los Daños reales desglosados Por categoría asignada por El juez o el jurado en la causa Que dio Lugar a la Sentencia insatisfecha, y el Monto de los Honorarios de abogados establecidos en la Sentencia insatisfecha;
. 3 La CANTIDAD de Pago u Otra contraprestación recibida, En Su Caso, de la Casa Móvil o Concesionario de Vehículos Recreativos o corredor o HACER fiador;
. 4 La CANTIDAD Que Se Puede realizar, en hacer Caso, de la Venta de bienes muebles o inmuebles u Otros bienes del Deudor susceptibles de Servicios Vendidos o SE APLICA en Cumplimiento de la Sentencia y el Saldo Restante en el Juicio despues de la Aplicación de la CANTIDAD Que se ha Realizado y Una Certificación De que el solicitante ha Hecho Pecado Esfuerzo de buena fe parrafo Cobrar la Sentencia;
. 5 Una cesión Por Instancia de Instancia de Instancia de instancia de parte del reclamante de los Derechos, título o Interés en El Juicio gravamen insatisfecha al departamento, y
. 6 . Cualquier Otra Información Que el Departamento Requiere
(B) Si el Demandante ha Alegado Una Reclamación según rubro rubro rubro rubro lo establecido en el parrafo (5) (a) y Por las Razones expuestas en el Mismo no ha Sido Capaz de asegurar el Pecado Juicio, la Afirmación verificado debe Contener lo siguiente: . 1 Una Copia fiel de los alegatos en el Juicio Que se quedo o Sí Porción Descarga el tribunal de quiebras y el Orden de la corte de bancarrota Mantenerse ESTOS PROCEDIMIENTOS o Copia certificada de la Solicitud Que se presento Durante el Procedimiento judicial de quiebra,
. 2 denuncias de los Actos u omisiones de la Casa Móvil o Concesionario De Vehículos Recreativos o corredor Que Establece los Actos u omisiones Específicos SI quejaron de Que provoque Daños Las Reales a la persona, junto con la CANTIDAD Verdadera en dólares Necesaria Parrafo reembolsar o Compensar Una la persona o Porción Costes Gastos resultantes de los Actos u omisiones de Los Que la persona en Sí Quejo;
. 3 Copias verdaderas de Todos los CONTRATOS de compra, Avisos de Servicio u Órdenes de Reparación o Papeles o Documentos de Cualquier Naturaleza Que la persona Que recibio en Relación con la compra, permuta o arrendamiento con Opción de compra de la Casa Móvil o Vehículo recreativo en el qué la persona causa Acción AUMENTO de;
. 4 La cesión por El reclamante de los Derechos, título o Interés en la Reclamación al departamento, y
. 5 . Cualquier Otra Información Que el Departamento Requiere
(C) El Representante de Florerias del departamento exigir esta prueba Que considerará necesarios Parr DOCUMENTAL los Asuntos expuestos en la Demanda.
(7) Dentro de los 90 dias Siguientes a la Recepción de la Solicitud y Reclamación verificada, el departamento emitirá HACER DECISIÓN Sobre la Reclamación. Tal determinación no estara Sujeta a lo dispuesto en el Capítulo 120, Pero Sera revisable Sólo por auto de avocación en el tribunal de distrito en el condado en el QUE EL Demandante Residen En La Forma y baño LOS Plazos previstos por El reglamento de Procedimiento de Apelaciones de la Florida. El reclamo debe Ser Pagado Dentro de 45 Días despues de la determinación, o, Si Se Solicita la Revisión judicial, Dentro de los 45 dias despues de la Revisión es definitiva. Una persona no Se Puede Pagar del de Una CANTIDAD DEL FONDO DE Mas de $ 25,000 Porción Casa Móvil o vehiculo recreativo, QUE INCLUYE los danos, Restitución, los Pagos recibidos Como Resultado De Una DEMANDA en contra de la fianza, o Gastos, incluyendo los Honorarios razonables de abogados. Antes del Pago, la persona debe ejecutar Una tarea al departamento de Todos los Derechos y Títulos de la persona, y el Interés en La Sentencia insatisfecho y Sentencia de la hipoteca o Reclamación ante el distribuidor o broker y HACER garantia.
(8) El departamento, Pecado HACER Discrecion, Y CUANDO mar Posible, Florerias TRATAR de recuperarse de la Casa Móvil o Concesionario de Vehículos Recreativos o corredor, o el Deudor o HACER fiador, TODAS las Cantidades pagadas a las Personas de los Fondos fiduciarios. Los importes RECUPERADOS Sí depositarán en el Haber del Fondo fiduciario. El departamento Sí adjudicará Honorarios de la ONU abogado Razonable Parr TODAS las Medidas adoptadas parrafo Recuperar las Sumas pagadas a las Personalidades desde el Fondo fiduciario en Virtud del Presente Apartadó.
(9) esta sección No Se APLICA Pecado ningun DEMANDA, y una persona no Florerias recuperarse a los Fondos fiduciarios, Como Resultado de Cualquier Reclamación, contraindicaciones Una casa movil o Concesionario De Vehículos Recreativos o corredor QUE RESULTA De Una Causa de Acción directamente Relacionada Con La Venta, Arrendamiento con Opción de compra, permuta, corretaje, o La Instalación De Una Casa Móvil o vehiculo recreativo Antes del 1 de julio de 2006.
(10) Ni el departamento, ni el Fondo fiduciario Sera responsable ante Ninguna persona Por La Recuperación si el Fondo fiduciario NO TIENE los Fondos necesarios Parr Pagar las Cantidades reclamadas. Si el Fondo fiduciario NO TIENE Activos suficientes Parr Pagar al Demandante, debera registrar la hora y la Fecha de determinación Hacerlo Para El Pago al Demandante. Si SE DISPONE de Dinero, el departamento Debera Pagar el Demandante Cuya DEMANDA no remunerado es muy pronto y la Fecha de la determinación. El Tiempo
(11) Es ilegal Parr Cualquier persona o HACER Agente Parrafo presentar Una NOTIFICACION, DECLARACIÓN u Otro Documento Requerido Bajo esta sección Que mar falso o contiene Alguna inexactitud Materiales de los Hechos. Cualquier persona Que viole esta Subsección Sera culpable de delito Pecado Menor de Segundo Grado, punible según rubro rubro rubro rubro lo dispuesto en el s. 775.082 o s. 775.083 .
Historia. - . s 1 , cap. 90-221, s. 376, cap. 95-148, s. 362, cap. 2003-261, s. 38, cap. 2006-290.
(2) A partir del 1 de octubre de 1990 el departamento debera imponer y Cobrar Una tarifa Adicional de $ 1 Porción Cada nueva Vivienda Móvil y nueva transaccion título del Vehículo recreacional Parr cobra el Cual Una tarifa. Este cargo Adicional Sí Deposita en el Fondo fiduciario. El Departamento de Seguridad de Carreteras y Vehículos Motorizados cobrará Una Cuota de $ 40 Por distribuidor anual y Licencia de Fabricante y Renovación de la Licencia, Que se depositará en el Fondo fiduciario. Las Sumas depositadas en el fideicomiso Sí utilizarán Exclusivamente Parr Llevar a cabo los Propósitos de esta sección. ESTAS Sumas podran Servicio invertidos y reinvertidos por El director de Finanzas en las Mismas limitaciones Que se aplican a las Inversiones de Otros Fondos Estatales, Con Todo el Interés de Inversiones ESTAS depositada en el Haber del Fondo fiduciario.
(3) El Fondo Fiduciario Sí utilizará parrafo adaptarse a Cualquier Juicio o de DEMANDA Cualquier persona, Conforme a lo dispuesto Porción esta sección, en contra de Una Casa Móvil o Concesionario de Vehículos Recreativos o corredor Porción Danos, Restitución, o Gastos, incluyendo los Honorarios razonables de abogados, resultantes de Una causa de Acción Relacionada directamente con las Condiciones de Cualquier Contrato escrito por el en Relación con La Venta, el Intercambio, o la Mejora De Una Casa Móvil o Vehículo recreativo, o Cualquier Porción Violación del Capítulo 319 o el Capítulo.
(4) El Fondo Fiduciario no Sera responsable Porción Cualquier Fallo, o Instancia de Instancia de Instancia de instancia de parte del Mismo, Como Consecuencia de Cualquier Reclamación de Responsabilidad Civil, salvo lo dispuesto expresamente en el inciso (3), ni de los Daños punitivos, ejemplares, doble o triple. una persona, el Estado, o subdivisión Cualquier Politica de Los Mismos pueden recuperarse contra la Banca Móvil en Casa O Vehículo recreativo, Agente, o de Garantía, Conjunta y solidariamente , Por los Danos, Restitución, o Gastos, Siempre Que, embargo de Pecado, Que en la Ningun Caso Fondo fiduciario o de la Garantía Seran Responsables De Una CANTIDAD en Exceso de los Daños reales, Restitución, o Gastos.
(5) Sin perjuicio De Las limitaciones Ÿ requisitos de esta Sección, el Fondo fiduciario sueros utilizada por El departamento parrafo indemnizar a Las Personas Que Tienen Que juicios insatisfechas, o es ciertas Circunstancias Limitadas Demandas insatisfechas, en contra de Una Casa Móvil o Concesionario de Vehículos Recreativos o corredor. Las Siguientes Condiciones Deben Existir Para Qué una persona elegible mar Parr presentar Una DEMANDA contra el Fondo fiduciario: (A) El Demandante ha Obtenido Una Sentencia definitiva Que No Satisfecho no está en contra del Concesionario de Vehículos de Casas Móviles o de recreo o corredor o HACER fiador solidario o contra el vendedor de casas Móviles o SÓLO corredor, si la corte encuentra Que el fiador no era responsable debido al Pago Previo de las Demandas Validas contra la fianza Por Una CANTIDAD Igual o Mayor Que el valor nominal del bono APLICABLE, o el Demandante Tiene Prohibido presentar Una DEMANDA en la ONU Juicio debido a la ONU procedimiento de quiebra no no no no está Pendiente por El distribuidor o corredor, y el Demandante ha Presentado Una DEMANDA en ESE procedimiento de quiebra, o el negociante o anunciante ha cerrado HACE Negocio y no Puede Ser encontrado o Sí encuentra Dentro de la Jurisdicción del Estado, y
(B) A Solicitud ha Sido del del del del hecha En Una DEMANDA contra el fiador y Una Sentencia obtenida es insatisfecha, la UNA DEMANDA SE ha hecho en Una DEMANDA contra el fiador Que Si ha quedado o descargada en la ONU procedimiento de quiebra, o el Pecado no Demandante no no no está prohibida desde la Presentación Una DEMANDA En Un Juicio Por Un procedimiento concursal no no no no está Pendiente de Garantía o no la Garantía SE HACE responsable por El Pago Previo de las Demandas Validas contra la fianza en Una CANTIDAD Igual o Mayor Que el valor nominal del bono Correspondiente. Sin embargo, el Demandante no Florerias Recuperar MEDIANTE el Fondo de fideicomiso, si el Demandante ha Recuperado de la fianza Una CANTIDAD Que es Igual o Mayor Que La Perdida total de de.
(6) Con el fin de recuperarse del Fondo fiduciario, la persona debe presentar Una Solicitud y Reclamación verificada con el departamento. (A) Si el solicitante ha Obtenido Una Sentencia Que No Satisfecho no está en contra de la Casa Móvil o Concesionario de Vehículos Recreativos o corredor o HACER aval en los de Términos de la Presente Sección, el reclamo debe especifícalo verificado lo siguiente: 1.a Que la Sentencia en contra de la Casa Móvil o Concesionario de Vehículos Recreativos o corredor y HACER Garantía Sí ha introducido, o
. b Que la Sentencia en contra de la Casa Móvil o Concesionario de Vehículos Recreativos o corredor contiene Una constatación Específica De que la Garantía NO TIENE Responsabilidad, Que la ejecución debe debe debe Resuelve Sí ha Vuelto insatisfecho, Y Que Una Sentencia de hipoteca Sí ha perfeccionado;
. 2 El Importe de los Daños reales desglosados Por categoría asignada por El juez o el jurado en la causa Que dio Lugar a la Sentencia insatisfecha, y el Monto de los Honorarios de abogados establecidos en la Sentencia insatisfecha;
. 3 La CANTIDAD de Pago u Otra contraprestación recibida, En Su Caso, de la Casa Móvil o Concesionario de Vehículos Recreativos o corredor o HACER fiador;
. 4 La CANTIDAD Que Se Puede realizar, en hacer Caso, de la Venta de bienes muebles o inmuebles u Otros bienes del Deudor susceptibles de Servicios Vendidos o SE APLICA en Cumplimiento de la Sentencia y el Saldo Restante en el Juicio despues de la Aplicación de la CANTIDAD Que se ha Realizado y Una Certificación De que el solicitante ha Hecho Pecado Esfuerzo de buena fe parrafo Cobrar la Sentencia;
. 5 Una cesión Por Instancia de Instancia de Instancia de instancia de parte del reclamante de los Derechos, título o Interés en El Juicio gravamen insatisfecha al departamento, y
. 6 . Cualquier Otra Información Que el Departamento Requiere
(B) Si el Demandante ha Alegado Una Reclamación según rubro rubro rubro rubro lo establecido en el parrafo (5) (a) y Por las Razones expuestas en el Mismo no ha Sido Capaz de asegurar el Pecado Juicio, la Afirmación verificado debe Contener lo siguiente: . 1 Una Copia fiel de los alegatos en el Juicio Que se quedo o Sí Porción Descarga el tribunal de quiebras y el Orden de la corte de bancarrota Mantenerse ESTOS PROCEDIMIENTOS o Copia certificada de la Solicitud Que se presento Durante el Procedimiento judicial de quiebra,
. 2 denuncias de los Actos u omisiones de la Casa Móvil o Concesionario De Vehículos Recreativos o corredor Que Establece los Actos u omisiones Específicos SI quejaron de Que provoque Daños Las Reales a la persona, junto con la CANTIDAD Verdadera en dólares Necesaria Parrafo reembolsar o Compensar Una la persona o Porción Costes Gastos resultantes de los Actos u omisiones de Los Que la persona en Sí Quejo;
. 3 Copias verdaderas de Todos los CONTRATOS de compra, Avisos de Servicio u Órdenes de Reparación o Papeles o Documentos de Cualquier Naturaleza Que la persona Que recibio en Relación con la compra, permuta o arrendamiento con Opción de compra de la Casa Móvil o Vehículo recreativo en el qué la persona causa Acción AUMENTO de;
. 4 La cesión por El reclamante de los Derechos, título o Interés en la Reclamación al departamento, y
. 5 . Cualquier Otra Información Que el Departamento Requiere
(C) El Representante de Florerias del departamento exigir esta prueba Que considerará necesarios Parr DOCUMENTAL los Asuntos expuestos en la Demanda.
(7) Dentro de los 90 dias Siguientes a la Recepción de la Solicitud y Reclamación verificada, el departamento emitirá HACER DECISIÓN Sobre la Reclamación. Tal determinación no estara Sujeta a lo dispuesto en el Capítulo 120, Pero Sera revisable Sólo por auto de avocación en el tribunal de distrito en el condado en el QUE EL Demandante Residen En La Forma y baño LOS Plazos previstos por El reglamento de Procedimiento de Apelaciones de la Florida. El reclamo debe Ser Pagado Dentro de 45 Días despues de la determinación, o, Si Se Solicita la Revisión judicial, Dentro de los 45 dias despues de la Revisión es definitiva. Una persona no Se Puede Pagar del de Una CANTIDAD DEL FONDO DE Mas de $ 25,000 Porción Casa Móvil o vehiculo recreativo, QUE INCLUYE los danos, Restitución, los Pagos recibidos Como Resultado De Una DEMANDA en contra de la fianza, o Gastos, incluyendo los Honorarios razonables de abogados. Antes del Pago, la persona debe ejecutar Una tarea al departamento de Todos los Derechos y Títulos de la persona, y el Interés en La Sentencia insatisfecho y Sentencia de la hipoteca o Reclamación ante el distribuidor o broker y HACER garantia.
(8) El departamento, Pecado HACER Discrecion, Y CUANDO mar Posible, Florerias TRATAR de recuperarse de la Casa Móvil o Concesionario de Vehículos Recreativos o corredor, o el Deudor o HACER fiador, TODAS las Cantidades pagadas a las Personas de los Fondos fiduciarios. Los importes RECUPERADOS Sí depositarán en el Haber del Fondo fiduciario. El departamento Sí adjudicará Honorarios de la ONU abogado Razonable Parr TODAS las Medidas adoptadas parrafo Recuperar las Sumas pagadas a las Personalidades desde el Fondo fiduciario en Virtud del Presente Apartadó.
(9) esta sección No Se APLICA Pecado ningun DEMANDA, y una persona no Florerias recuperarse a los Fondos fiduciarios, Como Resultado de Cualquier Reclamación, contraindicaciones Una casa movil o Concesionario De Vehículos Recreativos o corredor QUE RESULTA De Una Causa de Acción directamente Relacionada Con La Venta, Arrendamiento con Opción de compra, permuta, corretaje, o La Instalación De Una Casa Móvil o vehiculo recreativo Antes del 1 de julio de 2006.
(10) Ni el departamento, ni el Fondo fiduciario Sera responsable ante Ninguna persona Por La Recuperación si el Fondo fiduciario NO TIENE los Fondos necesarios Parr Pagar las Cantidades reclamadas. Si el Fondo fiduciario NO TIENE Activos suficientes Parr Pagar al Demandante, debera registrar la hora y la Fecha de determinación Hacerlo Para El Pago al Demandante. Si SE DISPONE de Dinero, el departamento Debera Pagar el Demandante Cuya DEMANDA no remunerado es muy pronto y la Fecha de la determinación. El Tiempo
(11) Es ilegal Parr Cualquier persona o HACER Agente Parrafo presentar Una NOTIFICACION, DECLARACIÓN u Otro Documento Requerido Bajo esta sección Que mar falso o contiene Alguna inexactitud Materiales de los Hechos. Cualquier persona Que viole esta Subsección Sera culpable de delito Pecado Menor de Segundo Grado, punible según rubro rubro rubro rubro lo dispuesto en el s. 775.082 o s. 775.083 .
Historia. - . s 1 , cap. 90-221, s. 376, cap. 95-148, s. 362, cap. 2003-261, s. 38, cap. 2006-290.