No obstante lo dispuesto en el s. 318.121 , una junta de comisionados del condado puede requerir, por ordenanza, que el secretario del tribunal recoger un adicional de $ 5 con cada sanción civil de tráfico, que se utilizará para financiar programas de educación vial en las escuelas públicas y no públicas. La ordenanza que regulará la junta de comisionados del condado para administrar los fondos que se utilizarán para la mejora y no de sustitución, de los fondos del programa de educación vial. Los fondos serán utilizados para gastos educativos directos y no serán utilizados para la administración. Cada programa de educación vial que recibe fondos en virtud del presente apartado se requiere que un mínimo del 30 por ciento del tiempo de un estudiante en el programa será la formación detrás del volante. Esta sección puede ser citada como la "Ley de Seguridad de Educación Vial Slosberg Dori."
Historia. - s. 98, cap. 2002-20; s. 10, cap. 2005-164, s. 49, ch. 2006-290
Historia. - s. 98, cap. 2002-20; s. 10, cap. 2005-164, s. 49, ch. 2006-290