La aplicación de las leyes de tránsito de este estado corresponde la siguiente manera:(1) ESTADO. -(A) 1.a. La División de Patrulla de Carreteras de Florida del Departamento de Seguridad de Carreteras y Vehículos de Motor, la División de Aplicación de la Ley de la Comisión de Pesca y Conservación de Vida Silvestre, y los agentes, inspectores y funcionarios del Departamento de Policía de la cada uno tiene la autoridad para hacer cumplir todas las leyes de tránsito de este estado de todas las calles y carreteras de los mismos y en otros lugares en todo el estado donde el público tiene el derecho a viajar en automóvil.
b. policías universitarios pueden hacer cumplir todas las leyes de tránsito de este estado cuando ocurren violaciónes en o dentro de 1000 pies de cualquier propiedad o las instalaciones que están bajo la dirección, supervisión, regulación o control de una universidad estatal, una organización de apoyo directo de dicha universidad estatal, o cualquier otra organización controlada por la universidad estatal o una organización de apoyo directo de la universidad estatal, o cuando tales violaciónes ocurren dentro de un área jurisdiccional específico según lo acordado en un acuerdo de ayuda mutua firmado con una agencia de aplicación de la ley de conformidad con s. 23,1225 (1). Las leyes de tránsito también pueden ser aplicadas fuera de la escuela cuando la persecución se origina en o dentro de 1000 pies de cualquier propiedad o instalaciones, o según lo acordado de conformidad con el acuerdo de ayuda mutua.
c. Colegio policías institución del Sistema de Florida pueden hacer cumplir todas las leyes de tránsito de este estado cuando ocurren tales violaciónes en o dentro de 1000 pies de cualquier propiedad o las instalaciones que están bajo la dirección, supervisión, regulación o control de la Escuela Superior del Sistema institución Florida , o cuando se producen tales violaciónes dentro de un área jurisdiccional específico según lo acordado en un acuerdo de ayuda mutua firmado con una agencia de aplicación de la ley en virtud del s. 23.1225 . Las leyes de tránsito también pueden ser aplicadas fuera de la escuela cuando la persecución se origina en o dentro de 1000 pies de cualquier propiedad o instalaciones, o según lo acordado de conformidad con el acuerdo de ayuda mutua.
d. Los agentes de policía empleados por una autoridad aeroportuaria pueden hacer cumplir todas las leyes de tránsito de este estado cuando se producen tales violaciónes de los bienes o instalaciones que son propiedad o están operados por una autoridad aeroportuaria.(I) La autoridad aeroportuaria podrá emplear como un especialista en la ejecución de estacionamiento a cualquier persona que complete con éxito un programa de formación establecido y aprobado por las Normas de Justicia Penal y la Comisión de Formación para especialistas en aplicación de estacionamiento, pero que no cumple de otro modo las normas mínimas uniformes establecidos por la comisión para los agentes del orden o funcionarios auxiliares a tiempo parcial o bajo s. 943.12 . Esta sub-sub-párrafo no podrá ser interpretado para permitir el transporte de armas de fuego u otras armas, ni como especialista en la aplicación del estacionamiento tienen autoridad para realizar arrestos.
(II) Un especialista en la aplicación del estacionamiento empleados por una autoridad aeroportuaria podrá hacer valer todo el estado, condado, y las leyes y ordenanzas municipales que rigen estacionamiento sólo cuando tales violaciónes se encuentran en la propiedad o instalaciones de propiedad u operados por la autoridad aeroportuaria que emplea el especialista, por el estado apropiado, condado, o multa de tránsito municipal.
e. La Oficina de Ejecución de la Ley Agrícola del Departamento de Agricultura y Servicios al Consumidor puede hacer cumplir las leyes de tránsito de este estado.
f. oficiales de seguridad escolar pueden hacer cumplir todas las leyes de tránsito de este estado cuando ocurren tales violaciónes en o alrededor de los bienes o servicios que están bajo la dirección, supervisión, regulación o control de la junta escolar del distrito.
2. Una agencia del estado que se describe en el apartado 1. se prohíbe el establecimiento de un cupo de infracción de tráfico. Una violación de este párrafo no está sujeto a las sanciones previstas en el capítulo 318.
3. Cualquier acción disciplinaria tomada o evaluación del desempeño realizada por una agencia del estado, como se describe en el apartado 1. de las actividades de control de tráfico de un oficial de la ley debe estar en conformidad con las normas de trabajo de rendimiento por escrito. Dichas normas deben ser aprobadas por la agencia y cualquier unidad de negociación colectiva que representa al funcionario policial. Una violación de este párrafo no está sujeto a las sanciones previstas en el capítulo 318.
4. La División de la Patrulla de Carreteras de Florida puede emplear como un oficial de investigación de accidentes de tráfico a cualquier persona que complete con éxito la instrucción en investigación de accidentes de tráfico y la presentación en la corte a través del Programa de Control del Tránsito selectivo aprobado por las Normas de Justicia Penal y la Comisión de Formación y financiado a través de la Administración Nacional de Seguridad de Tráfico o un programa similar aprobado por la Comisión, pero que no necesariamente cumple con las normas mínimas uniformes establecidos por la comisión de los agentes del orden o los funcionarios encargados de hacer cumplir la ley auxiliares bajo el capítulo 943. Cualquier oficial de investigación de accidentes de tráfico que se hace una investigación en el lugar de un accidente de tránsito podrá emitir una citación de tránsito, basado en la investigación personal, cuando él o ella tiene motivos razonables y probables para creer que una persona que haya intervenido en el accidente ha cometido un delito en virtud de este capítulo, el capítulo 319, el capítulo 320 o el capítulo 322 en relación con el accidente. Este párrafo no se permitirá el oficial de llevar armas de fuego u otras armas, y como un agente no tiene autoridad para realizar arrestos.
(B) 1. El Departamento de Transporte tiene la autoridad para hacer cumplir en todas las calles y carreteras de este estado de todas las leyes de su competencia.
2.a. El Departamento de Transporte deberá desarrollar la formación y las normas de cualificación para los agentes de peaje, cuya única autoridad es hacer cumplir el pago de peajes en virtud del s.316.1001 . Nada en este párrafo se interpretará para permitir el porte de armas de fuego u otras armas, ni un oficial de la cifra de tener autoridad para realizar arrestos.
. b . A los efectos de la aplicación s 316.1001 ., entidades gubernamentales, tal como se define en s 334.03 , que posean o exploten una instalación de peaje pueden emplear contratistas independientes o designar empleados como agentes de peaje, sin embargo, cualquier agente de la cifra debe cumplir con éxito los niveles de formación y cualificación de personal de control de peaje establecido por el Departamento de Transporte.
3. A los efectos de la aplicación de s. 316.0083 , el departamento puede designar empleados como agentes de la infracción de tráfico. Un oficial de la infracción de tráfico debe completar con éxito la instrucción en los procedimientos de control del tránsito y la presentación judicial a través del Programa de Control del Tránsito selectiva según lo aprobado por la División de Normas de Justicia Penal y Capacitación del Departamento de Aplicación de la Ley, o por medio de un programa similar, pero no necesariamente responde, además, las normas mínimas uniformes establecidos por las Normas de Justicia Penal y la Comisión de Formación de los agentes del orden o los funcionarios encargados de hacer cumplir la ley auxiliares bajo s. 943.13 . El presente párrafo no autoriza la portación de armas de fuego u otras armas por un oficial de la infracción de tráfico y no autoriza a un oficial de la infracción de tráfico para realizar arrestos. Agentes de la infracción de tráfico del departamento deben estar ubicados físicamente en el estado.
(2) condados. -(A) La oficina del sheriff de cada uno de los varios condados de este estado debe hacer cumplir todas las leyes de tránsito de este estado de todas las calles y carreteras de los mismos y en otros lugares en todo el condado donde el público tiene el derecho a viajar en automóvil. Además, la oficina del sheriff puede ser requerido por el condado para hacer cumplir las leyes de tránsito de este estado en cualquier camino de acceso privado o limitado o caminos sobre los que el condado tiene jurisdicción en virtud de un acuerdo por escrito firmado bajo s. 316.006 (3) ( b).
(B) La oficina del sheriff de cada condado puede emplear como un oficial de investigación del accidente de tráfico a cualquier persona que complete con éxito la instrucción en investigación de accidentes de tráfico y presentación en la corte a través del Programa de Control del Tránsito selectiva (STEP), aprobado por las Normas de Justicia Penal y la Comisión de Formación y financiado por la National Highway Traffic Safety Administration (NHTSA) o un programa similar aprobado por la comisión, pero que no necesariamente cumple de otro modo las normas mínimas uniformes establecidos por la comisión de los agentes del orden o los funcionarios encargados de hacer cumplir la ley auxiliares bajo el capítulo 943. Cualquier oficial de investigación del accidente de tráfico que hace una investigación en el lugar de un accidente de tránsito podrá emitir citación de tránsito, basado en la investigación personal, él o ella tiene motivos razonables y probables para creer que una persona que haya intervenido en el accidente ha cometido un delito tipificado en este capítulo, el capítulo 319, el capítulo 320 o el capítulo 322 en relación con el accidente. Este párrafo no se permitirá el porte de armas de fuego u otras armas, ni esos funcionarios tienen autoridad para realizar arrestos.
(C) La oficina del sheriff de cada uno de los varios condados de este estado puede emplear como un especialista en la ejecución de estacionamiento a cualquier persona que complete con éxito un programa de formación establecido y aprobado por las Normas de Justicia Penal y la Comisión de Formación para especialistas en aplicación de estacionamiento, pero que no lo hace necesariamente responde, además, las normas mínimas uniformes establecidos por la comisión de los agentes del orden o funcionarios auxiliares a tiempo parcial o bajo s. 943.12 .1. Un especialista en la aplicación del estacionamiento empleado por la oficina del sheriff de cada uno de los varios condados de este estado está autorizado para hacer cumplir todas las leyes estatales y municipales, ordenanzas, reglamentos y señales oficiales con los aparcamientos en las áreas no incorporadas del condado o estatal apropiada condado cita y podrán emitir citaciones por estacionamiento en violación de los signos erigidos en virtud del s. 316.006 (3) en las zonas de aparcamiento situadas en la propiedad de su propiedad o alquilados por un condado, independientemente de que dichas áreas están dentro de los límites de un municipio cargado.
2. Un especialista en la aplicación del estacionamiento empleada en virtud del presente inciso no portar armas de fuego u otras armas o tienen autoridad para realizar arrestos.
(3) Municipios. -(A) El departamento de policía de cada municipio fletado hará cumplir las leyes de tránsito de este estado de todas las calles y carreteras de los mismos y en otros lugares en todo el municipio donde el público tiene el derecho a viajar en automóvil. Además, el departamento de policía puede ser requerido por un municipio para hacer cumplir las leyes de tránsito de este estado en cualquier camino de acceso privado o limitado o caminos sobre los que el municipio tiene jurisdicción en virtud de un acuerdo por escrito firmado bajo s. 316.006 (2) ( b). Sin embargo, ninguna disposición del presente capítulo se aplicará a las leyes, general, especial o de otro modo, en vigor el 1 de enero de 1972, relativa a la "persecución en caliente", sin los límites del municipio.
(B) El departamento de policía de un municipio cargado puede emplear como un oficial de investigación del accidente de tráfico a cualquier persona que complete con éxito la instrucción en investigación de accidentes de tráfico y presentación en la corte a través del Programa de Control del Tránsito selectiva (STEP), aprobado por las Normas de Justicia Penal y la Comisión de Formación y financiado por la National Highway Traffic Safety Administration (NHTSA) o un programa similar aprobado por la comisión, pero que no responde, además, las normas mínimas uniformes establecidos por la comisión de los agentes del orden o los funcionarios encargados de hacer cumplir la ley auxiliares bajo el capítulo 943. Cualquier oficial de investigación del accidente de tráfico que hace una investigación en el lugar de un accidente de tránsito está autorizado a emitir citación de tránsito, basado en la investigación personal, él o ella tiene motivos razonables y probables para creer que una persona involucrada en el accidente ha cometido un delito en virtud de las disposiciones de este capítulo, el capítulo 319, el capítulo 320 o el capítulo 322 en relación con el accidente. Este párrafo no se permitirá el porte de armas de fuego u otras armas, ni esos funcionarios tienen autoridad para realizar arrestos.
(C) 1. Un municipio charter o su agencia u organismo autorizado puede emplear como un especialista en la ejecución de estacionamiento a cualquier persona que complete con éxito un programa de formación establecido y aprobado por las Normas de Justicia Penal y la Comisión de Formación para especialistas en aplicación de estacionamiento, pero que no lo hace de otro modo cumplir con las normas mínimas uniformes establecidos por la comisión de los agentes del orden o funcionarios auxiliares a tiempo parcial o bajo s. 943.12 .
2. Un especialista en la aplicación del estacionamiento empleado por un municipio cargado o su agencia o instrumentalidad está autorizado para hacer cumplir todo el estado, condado, y las leyes y reglamentos vigentes de estacionamiento dentro de los límites del municipio que emplea el especialista municipales, según el estado adecuado, condado o citación de tránsito municipal.
3. Un especialista en la aplicación del estacionamiento empleada en virtud del presente apartado no podrá portar armas de fuego u otras armas o tienen autoridad para realizar arrestos.
(4) (a) del departamento de Cualquier sheriff, o cualquier departamento de policía de un municipio, se pueden emplear como agente de control de tráfico a cualquier persona que complete con éxito por lo menos 8 horas de instrucción en los procedimientos de control de tránsito a través de un programa aprobado por la División de Justicia Criminal Estándares y Formación del Departamento de Aplicación de la Ley, o por medio de un programa similar ofrecido por el departamento del sheriff o el departamento de policía, pero que no necesariamente cumple de otro modo las normas mínimas uniformes establecidos por las Normas de Justicia Penal y la Comisión de Formación de agentes de la ley o agentes auxiliares de las fuerzas del orden bajo s. 943.13 . Un oficial de control de tránsito empleado de conformidad con este inciso podrá dirigir el tráfico o manejar un dispositivo de control de tráfico sólo en un lugar fijo y sólo con la dirección de un oficial de la ley completa, sin embargo, no es necesario que realizar los deberes del funcionario de control de tráfico bajo la supervisión directa de un oficial de la ley completo.
(B) En el caso de un evento especial o actividad en relación con los cuales una entidad no gubernamental está pagando por el control del tráfico en las calles, carreteras o caminos, los agentes de control de tráfico se pueden utilizar para llevar a cabo esas funciones de control de tráfico sólo cuando fuera de servicio , los agentes de tiempo completo de la ley, tal como se definen en el s.943.10 (1), no están disponibles para llevar a cabo sus responsabilidades. Sin embargo, este párrafo no se interpretará para limitar el uso de los agentes de la infracción de tráfico con fines de control del tránsito.
(C) Este apartado no permite la portación de armas de fuego u otras armas, ni los oficiales de control de tráfico tienen autoridad para realizar arrestos.
(5) (a) del departamento de cualquier sheriff o al departamento de policía local de un municipio pueden emplear, como agente de la infracción de tráfico, cualquier persona que complete con éxito la instrucción en los procedimientos de control del tránsito y la presentación judicial a través del Programa de Control del Tránsito selectiva según lo aprobado por la División de Reglas de justicia penal y de la Formación del Departamento de Aplicación de la Ley, o por medio de un programa similar, pero que no cumple necesariamente contrario a las normas mínimas uniformes establecidos por las Normas de Justicia Penal y la Comisión de Formación de los agentes del orden o los funcionarios encargados de hacer cumplir la ley auxiliares bajo s. 943.13 . Cualquier agente de la infracción de tráfico que observa la comisión de una infracción de tráfico o, en el caso de una infracción de estacionamiento, que observa un vehículo estacionado ilegalmente puede emitir una citación de tráfico por la infracción cuando, sobre la base de investigación personal, él o ella tiene razonable y los motivos para creer que un delito se ha cometido lo que constituye una infracción de tráfico no criminal como se define en s. 318.14 . Además, cualquier agente de la infracción de tránsito podrá emitir una citación de tráfico bajo s. 316.0083 . A los efectos de la aplicación de s.316.0083 , cualquier departamento del sheriff o de la policía de un municipio podrán designar empleados como agentes de la infracción de tráfico. Los agentes de la infracción de tráfico deben estar ubicados físicamente en el condado del sheriff del respectivo o de la policía.
(B) El agente de la infracción de tráfico se utiliza en relación con un programa de control del tránsito selectiva en un lugar fijo o como parte de un equipo de investigación de accidentes en el lugar de un accidente de tráfico o en otros tipos de tráfico de aplicación de infracción bajo la dirección de un oficial de la ley completa, sin embargo, no es necesario que los derechos de tráfico del oficial de cumplimiento infracción se realizarán bajo la supervisión directa de un oficial de la ley completo.
(C) Este apartado no permite la portación de armas de fuego u otras armas, ni los agentes de infracciones de tráfico tienen autoridad para realizar arrestos que no sea la autoridad para emitir una citación de tráfico a lo dispuesto en este inciso.
(6) Mobile Home Park DISTRITOS recreación. - Sin perjuicio de la subsección (2) o la subsección (3), la oficina del sheriff de cada uno de los varios condados de este estado y el departamento de policía de cada municipio fletado tienen la autoridad, pero no se requiere, que hacer cumplir las leyes de tránsito de este estado en cualquier forma o lugar utilizado para el tráfico de vehículos en una base de acceso controlado dentro de un parque de casas móviles distrito de recreación que se ha creado bajo s. 418.30 y las instalaciones de ocio del distrito que están abiertas al público en general.
(7) CONSTRUCCION DEL CAPÍTULO 87-88, LEYES DE FLORIDA. - Para efectos de control del tráfico y la aplicación, nada en el capítulo 87 a 88, Leyes de la Florida, se interpretará para clasificar cualquier camino que se ha dedicado o tácitamente dedicada desde hace pública usar, y que ha sido construido y está abierto al uso público para el tráfico vehicular, como un camino privado o entrada.
(8) Agencia de Control de TRAFFIC. - Cualquier agencia o entidad gubernamental designada en la subsección (1), inciso (2), o la subsección (3), incluyendo una universidad, un colegio institución Sistema Florida, un consejo escolar, o una autoridad aeroportuaria, es una agencia de tráfico con fines de s. 316.650 .
Historia. - s. 1, cap. 71-135, ss. 1, 2, cap. 73-24, s. 1, cap. 76-31, s. 1, cap. 76-270, s. 3, cap. 79-246, s. 11, cap.83-167, ss. 4, 5, cap. 87-88, s. 2, cap. 87-178, s. 7, cap. 87-270, s. 1, cap. 90-177, s. 1, cap. 92-18, s. 17, ch. 93-164, s. 4, cap. 93-404, s. 30, cap. 94-306, s. 1, cap. 94-334, s. 138, ch. 94-356, s. 1, cap. 95-141, s. 904, ch. 95-148, s. 3, cap. 96-276, s. 37, ch. 96-350, s. 87, cap. 99-245, ss. 6, 244, ch. 99-248, s. 109, ch. 2002-20; s. 11, cap. 2002-205, s.46, cap. 2002-295, s. 26, ch. 2003-1; s. 18, cap. 2003-286, s. 6, cap. 2005-120, s. 2, cap. 2009-216, s. 9, ch. 2010-80; s. 15, cap. 2011-66; s. 13, cap. 2012-88; s. 44, cap. 2013-15; s. 2, cap. 2013-171.
Nota. - El ex s. 316.016.
b. policías universitarios pueden hacer cumplir todas las leyes de tránsito de este estado cuando ocurren violaciónes en o dentro de 1000 pies de cualquier propiedad o las instalaciones que están bajo la dirección, supervisión, regulación o control de una universidad estatal, una organización de apoyo directo de dicha universidad estatal, o cualquier otra organización controlada por la universidad estatal o una organización de apoyo directo de la universidad estatal, o cuando tales violaciónes ocurren dentro de un área jurisdiccional específico según lo acordado en un acuerdo de ayuda mutua firmado con una agencia de aplicación de la ley de conformidad con s. 23,1225 (1). Las leyes de tránsito también pueden ser aplicadas fuera de la escuela cuando la persecución se origina en o dentro de 1000 pies de cualquier propiedad o instalaciones, o según lo acordado de conformidad con el acuerdo de ayuda mutua.
c. Colegio policías institución del Sistema de Florida pueden hacer cumplir todas las leyes de tránsito de este estado cuando ocurren tales violaciónes en o dentro de 1000 pies de cualquier propiedad o las instalaciones que están bajo la dirección, supervisión, regulación o control de la Escuela Superior del Sistema institución Florida , o cuando se producen tales violaciónes dentro de un área jurisdiccional específico según lo acordado en un acuerdo de ayuda mutua firmado con una agencia de aplicación de la ley en virtud del s. 23.1225 . Las leyes de tránsito también pueden ser aplicadas fuera de la escuela cuando la persecución se origina en o dentro de 1000 pies de cualquier propiedad o instalaciones, o según lo acordado de conformidad con el acuerdo de ayuda mutua.
d. Los agentes de policía empleados por una autoridad aeroportuaria pueden hacer cumplir todas las leyes de tránsito de este estado cuando se producen tales violaciónes de los bienes o instalaciones que son propiedad o están operados por una autoridad aeroportuaria.(I) La autoridad aeroportuaria podrá emplear como un especialista en la ejecución de estacionamiento a cualquier persona que complete con éxito un programa de formación establecido y aprobado por las Normas de Justicia Penal y la Comisión de Formación para especialistas en aplicación de estacionamiento, pero que no cumple de otro modo las normas mínimas uniformes establecidos por la comisión para los agentes del orden o funcionarios auxiliares a tiempo parcial o bajo s. 943.12 . Esta sub-sub-párrafo no podrá ser interpretado para permitir el transporte de armas de fuego u otras armas, ni como especialista en la aplicación del estacionamiento tienen autoridad para realizar arrestos.
(II) Un especialista en la aplicación del estacionamiento empleados por una autoridad aeroportuaria podrá hacer valer todo el estado, condado, y las leyes y ordenanzas municipales que rigen estacionamiento sólo cuando tales violaciónes se encuentran en la propiedad o instalaciones de propiedad u operados por la autoridad aeroportuaria que emplea el especialista, por el estado apropiado, condado, o multa de tránsito municipal.
e. La Oficina de Ejecución de la Ley Agrícola del Departamento de Agricultura y Servicios al Consumidor puede hacer cumplir las leyes de tránsito de este estado.
f. oficiales de seguridad escolar pueden hacer cumplir todas las leyes de tránsito de este estado cuando ocurren tales violaciónes en o alrededor de los bienes o servicios que están bajo la dirección, supervisión, regulación o control de la junta escolar del distrito.
2. Una agencia del estado que se describe en el apartado 1. se prohíbe el establecimiento de un cupo de infracción de tráfico. Una violación de este párrafo no está sujeto a las sanciones previstas en el capítulo 318.
3. Cualquier acción disciplinaria tomada o evaluación del desempeño realizada por una agencia del estado, como se describe en el apartado 1. de las actividades de control de tráfico de un oficial de la ley debe estar en conformidad con las normas de trabajo de rendimiento por escrito. Dichas normas deben ser aprobadas por la agencia y cualquier unidad de negociación colectiva que representa al funcionario policial. Una violación de este párrafo no está sujeto a las sanciones previstas en el capítulo 318.
4. La División de la Patrulla de Carreteras de Florida puede emplear como un oficial de investigación de accidentes de tráfico a cualquier persona que complete con éxito la instrucción en investigación de accidentes de tráfico y la presentación en la corte a través del Programa de Control del Tránsito selectivo aprobado por las Normas de Justicia Penal y la Comisión de Formación y financiado a través de la Administración Nacional de Seguridad de Tráfico o un programa similar aprobado por la Comisión, pero que no necesariamente cumple con las normas mínimas uniformes establecidos por la comisión de los agentes del orden o los funcionarios encargados de hacer cumplir la ley auxiliares bajo el capítulo 943. Cualquier oficial de investigación de accidentes de tráfico que se hace una investigación en el lugar de un accidente de tránsito podrá emitir una citación de tránsito, basado en la investigación personal, cuando él o ella tiene motivos razonables y probables para creer que una persona que haya intervenido en el accidente ha cometido un delito en virtud de este capítulo, el capítulo 319, el capítulo 320 o el capítulo 322 en relación con el accidente. Este párrafo no se permitirá el oficial de llevar armas de fuego u otras armas, y como un agente no tiene autoridad para realizar arrestos.
(B) 1. El Departamento de Transporte tiene la autoridad para hacer cumplir en todas las calles y carreteras de este estado de todas las leyes de su competencia.
2.a. El Departamento de Transporte deberá desarrollar la formación y las normas de cualificación para los agentes de peaje, cuya única autoridad es hacer cumplir el pago de peajes en virtud del s.316.1001 . Nada en este párrafo se interpretará para permitir el porte de armas de fuego u otras armas, ni un oficial de la cifra de tener autoridad para realizar arrestos.
. b . A los efectos de la aplicación s 316.1001 ., entidades gubernamentales, tal como se define en s 334.03 , que posean o exploten una instalación de peaje pueden emplear contratistas independientes o designar empleados como agentes de peaje, sin embargo, cualquier agente de la cifra debe cumplir con éxito los niveles de formación y cualificación de personal de control de peaje establecido por el Departamento de Transporte.
3. A los efectos de la aplicación de s. 316.0083 , el departamento puede designar empleados como agentes de la infracción de tráfico. Un oficial de la infracción de tráfico debe completar con éxito la instrucción en los procedimientos de control del tránsito y la presentación judicial a través del Programa de Control del Tránsito selectiva según lo aprobado por la División de Normas de Justicia Penal y Capacitación del Departamento de Aplicación de la Ley, o por medio de un programa similar, pero no necesariamente responde, además, las normas mínimas uniformes establecidos por las Normas de Justicia Penal y la Comisión de Formación de los agentes del orden o los funcionarios encargados de hacer cumplir la ley auxiliares bajo s. 943.13 . El presente párrafo no autoriza la portación de armas de fuego u otras armas por un oficial de la infracción de tráfico y no autoriza a un oficial de la infracción de tráfico para realizar arrestos. Agentes de la infracción de tráfico del departamento deben estar ubicados físicamente en el estado.
(2) condados. -(A) La oficina del sheriff de cada uno de los varios condados de este estado debe hacer cumplir todas las leyes de tránsito de este estado de todas las calles y carreteras de los mismos y en otros lugares en todo el condado donde el público tiene el derecho a viajar en automóvil. Además, la oficina del sheriff puede ser requerido por el condado para hacer cumplir las leyes de tránsito de este estado en cualquier camino de acceso privado o limitado o caminos sobre los que el condado tiene jurisdicción en virtud de un acuerdo por escrito firmado bajo s. 316.006 (3) ( b).
(B) La oficina del sheriff de cada condado puede emplear como un oficial de investigación del accidente de tráfico a cualquier persona que complete con éxito la instrucción en investigación de accidentes de tráfico y presentación en la corte a través del Programa de Control del Tránsito selectiva (STEP), aprobado por las Normas de Justicia Penal y la Comisión de Formación y financiado por la National Highway Traffic Safety Administration (NHTSA) o un programa similar aprobado por la comisión, pero que no necesariamente cumple de otro modo las normas mínimas uniformes establecidos por la comisión de los agentes del orden o los funcionarios encargados de hacer cumplir la ley auxiliares bajo el capítulo 943. Cualquier oficial de investigación del accidente de tráfico que hace una investigación en el lugar de un accidente de tránsito podrá emitir citación de tránsito, basado en la investigación personal, él o ella tiene motivos razonables y probables para creer que una persona que haya intervenido en el accidente ha cometido un delito tipificado en este capítulo, el capítulo 319, el capítulo 320 o el capítulo 322 en relación con el accidente. Este párrafo no se permitirá el porte de armas de fuego u otras armas, ni esos funcionarios tienen autoridad para realizar arrestos.
(C) La oficina del sheriff de cada uno de los varios condados de este estado puede emplear como un especialista en la ejecución de estacionamiento a cualquier persona que complete con éxito un programa de formación establecido y aprobado por las Normas de Justicia Penal y la Comisión de Formación para especialistas en aplicación de estacionamiento, pero que no lo hace necesariamente responde, además, las normas mínimas uniformes establecidos por la comisión de los agentes del orden o funcionarios auxiliares a tiempo parcial o bajo s. 943.12 .1. Un especialista en la aplicación del estacionamiento empleado por la oficina del sheriff de cada uno de los varios condados de este estado está autorizado para hacer cumplir todas las leyes estatales y municipales, ordenanzas, reglamentos y señales oficiales con los aparcamientos en las áreas no incorporadas del condado o estatal apropiada condado cita y podrán emitir citaciones por estacionamiento en violación de los signos erigidos en virtud del s. 316.006 (3) en las zonas de aparcamiento situadas en la propiedad de su propiedad o alquilados por un condado, independientemente de que dichas áreas están dentro de los límites de un municipio cargado.
2. Un especialista en la aplicación del estacionamiento empleada en virtud del presente inciso no portar armas de fuego u otras armas o tienen autoridad para realizar arrestos.
(3) Municipios. -(A) El departamento de policía de cada municipio fletado hará cumplir las leyes de tránsito de este estado de todas las calles y carreteras de los mismos y en otros lugares en todo el municipio donde el público tiene el derecho a viajar en automóvil. Además, el departamento de policía puede ser requerido por un municipio para hacer cumplir las leyes de tránsito de este estado en cualquier camino de acceso privado o limitado o caminos sobre los que el municipio tiene jurisdicción en virtud de un acuerdo por escrito firmado bajo s. 316.006 (2) ( b). Sin embargo, ninguna disposición del presente capítulo se aplicará a las leyes, general, especial o de otro modo, en vigor el 1 de enero de 1972, relativa a la "persecución en caliente", sin los límites del municipio.
(B) El departamento de policía de un municipio cargado puede emplear como un oficial de investigación del accidente de tráfico a cualquier persona que complete con éxito la instrucción en investigación de accidentes de tráfico y presentación en la corte a través del Programa de Control del Tránsito selectiva (STEP), aprobado por las Normas de Justicia Penal y la Comisión de Formación y financiado por la National Highway Traffic Safety Administration (NHTSA) o un programa similar aprobado por la comisión, pero que no responde, además, las normas mínimas uniformes establecidos por la comisión de los agentes del orden o los funcionarios encargados de hacer cumplir la ley auxiliares bajo el capítulo 943. Cualquier oficial de investigación del accidente de tráfico que hace una investigación en el lugar de un accidente de tránsito está autorizado a emitir citación de tránsito, basado en la investigación personal, él o ella tiene motivos razonables y probables para creer que una persona involucrada en el accidente ha cometido un delito en virtud de las disposiciones de este capítulo, el capítulo 319, el capítulo 320 o el capítulo 322 en relación con el accidente. Este párrafo no se permitirá el porte de armas de fuego u otras armas, ni esos funcionarios tienen autoridad para realizar arrestos.
(C) 1. Un municipio charter o su agencia u organismo autorizado puede emplear como un especialista en la ejecución de estacionamiento a cualquier persona que complete con éxito un programa de formación establecido y aprobado por las Normas de Justicia Penal y la Comisión de Formación para especialistas en aplicación de estacionamiento, pero que no lo hace de otro modo cumplir con las normas mínimas uniformes establecidos por la comisión de los agentes del orden o funcionarios auxiliares a tiempo parcial o bajo s. 943.12 .
2. Un especialista en la aplicación del estacionamiento empleado por un municipio cargado o su agencia o instrumentalidad está autorizado para hacer cumplir todo el estado, condado, y las leyes y reglamentos vigentes de estacionamiento dentro de los límites del municipio que emplea el especialista municipales, según el estado adecuado, condado o citación de tránsito municipal.
3. Un especialista en la aplicación del estacionamiento empleada en virtud del presente apartado no podrá portar armas de fuego u otras armas o tienen autoridad para realizar arrestos.
(4) (a) del departamento de Cualquier sheriff, o cualquier departamento de policía de un municipio, se pueden emplear como agente de control de tráfico a cualquier persona que complete con éxito por lo menos 8 horas de instrucción en los procedimientos de control de tránsito a través de un programa aprobado por la División de Justicia Criminal Estándares y Formación del Departamento de Aplicación de la Ley, o por medio de un programa similar ofrecido por el departamento del sheriff o el departamento de policía, pero que no necesariamente cumple de otro modo las normas mínimas uniformes establecidos por las Normas de Justicia Penal y la Comisión de Formación de agentes de la ley o agentes auxiliares de las fuerzas del orden bajo s. 943.13 . Un oficial de control de tránsito empleado de conformidad con este inciso podrá dirigir el tráfico o manejar un dispositivo de control de tráfico sólo en un lugar fijo y sólo con la dirección de un oficial de la ley completa, sin embargo, no es necesario que realizar los deberes del funcionario de control de tráfico bajo la supervisión directa de un oficial de la ley completo.
(B) En el caso de un evento especial o actividad en relación con los cuales una entidad no gubernamental está pagando por el control del tráfico en las calles, carreteras o caminos, los agentes de control de tráfico se pueden utilizar para llevar a cabo esas funciones de control de tráfico sólo cuando fuera de servicio , los agentes de tiempo completo de la ley, tal como se definen en el s.943.10 (1), no están disponibles para llevar a cabo sus responsabilidades. Sin embargo, este párrafo no se interpretará para limitar el uso de los agentes de la infracción de tráfico con fines de control del tránsito.
(C) Este apartado no permite la portación de armas de fuego u otras armas, ni los oficiales de control de tráfico tienen autoridad para realizar arrestos.
(5) (a) del departamento de cualquier sheriff o al departamento de policía local de un municipio pueden emplear, como agente de la infracción de tráfico, cualquier persona que complete con éxito la instrucción en los procedimientos de control del tránsito y la presentación judicial a través del Programa de Control del Tránsito selectiva según lo aprobado por la División de Reglas de justicia penal y de la Formación del Departamento de Aplicación de la Ley, o por medio de un programa similar, pero que no cumple necesariamente contrario a las normas mínimas uniformes establecidos por las Normas de Justicia Penal y la Comisión de Formación de los agentes del orden o los funcionarios encargados de hacer cumplir la ley auxiliares bajo s. 943.13 . Cualquier agente de la infracción de tráfico que observa la comisión de una infracción de tráfico o, en el caso de una infracción de estacionamiento, que observa un vehículo estacionado ilegalmente puede emitir una citación de tráfico por la infracción cuando, sobre la base de investigación personal, él o ella tiene razonable y los motivos para creer que un delito se ha cometido lo que constituye una infracción de tráfico no criminal como se define en s. 318.14 . Además, cualquier agente de la infracción de tránsito podrá emitir una citación de tráfico bajo s. 316.0083 . A los efectos de la aplicación de s.316.0083 , cualquier departamento del sheriff o de la policía de un municipio podrán designar empleados como agentes de la infracción de tráfico. Los agentes de la infracción de tráfico deben estar ubicados físicamente en el condado del sheriff del respectivo o de la policía.
(B) El agente de la infracción de tráfico se utiliza en relación con un programa de control del tránsito selectiva en un lugar fijo o como parte de un equipo de investigación de accidentes en el lugar de un accidente de tráfico o en otros tipos de tráfico de aplicación de infracción bajo la dirección de un oficial de la ley completa, sin embargo, no es necesario que los derechos de tráfico del oficial de cumplimiento infracción se realizarán bajo la supervisión directa de un oficial de la ley completo.
(C) Este apartado no permite la portación de armas de fuego u otras armas, ni los agentes de infracciones de tráfico tienen autoridad para realizar arrestos que no sea la autoridad para emitir una citación de tráfico a lo dispuesto en este inciso.
(6) Mobile Home Park DISTRITOS recreación. - Sin perjuicio de la subsección (2) o la subsección (3), la oficina del sheriff de cada uno de los varios condados de este estado y el departamento de policía de cada municipio fletado tienen la autoridad, pero no se requiere, que hacer cumplir las leyes de tránsito de este estado en cualquier forma o lugar utilizado para el tráfico de vehículos en una base de acceso controlado dentro de un parque de casas móviles distrito de recreación que se ha creado bajo s. 418.30 y las instalaciones de ocio del distrito que están abiertas al público en general.
(7) CONSTRUCCION DEL CAPÍTULO 87-88, LEYES DE FLORIDA. - Para efectos de control del tráfico y la aplicación, nada en el capítulo 87 a 88, Leyes de la Florida, se interpretará para clasificar cualquier camino que se ha dedicado o tácitamente dedicada desde hace pública usar, y que ha sido construido y está abierto al uso público para el tráfico vehicular, como un camino privado o entrada.
(8) Agencia de Control de TRAFFIC. - Cualquier agencia o entidad gubernamental designada en la subsección (1), inciso (2), o la subsección (3), incluyendo una universidad, un colegio institución Sistema Florida, un consejo escolar, o una autoridad aeroportuaria, es una agencia de tráfico con fines de s. 316.650 .
Historia. - s. 1, cap. 71-135, ss. 1, 2, cap. 73-24, s. 1, cap. 76-31, s. 1, cap. 76-270, s. 3, cap. 79-246, s. 11, cap.83-167, ss. 4, 5, cap. 87-88, s. 2, cap. 87-178, s. 7, cap. 87-270, s. 1, cap. 90-177, s. 1, cap. 92-18, s. 17, ch. 93-164, s. 4, cap. 93-404, s. 30, cap. 94-306, s. 1, cap. 94-334, s. 138, ch. 94-356, s. 1, cap. 95-141, s. 904, ch. 95-148, s. 3, cap. 96-276, s. 37, ch. 96-350, s. 87, cap. 99-245, ss. 6, 244, ch. 99-248, s. 109, ch. 2002-20; s. 11, cap. 2002-205, s.46, cap. 2002-295, s. 26, ch. 2003-1; s. 18, cap. 2003-286, s. 6, cap. 2005-120, s. 2, cap. 2009-216, s. 9, ch. 2010-80; s. 15, cap. 2011-66; s. 13, cap. 2012-88; s. 44, cap. 2013-15; s. 2, cap. 2013-171.
Nota. - El ex s. 316.016.