(1) En el caso de que los problemas de un oficial de la ley una multa de tráfico por una violación de s. 316.2935 o para la operación de un vehículo de motor que está en una condición insegura o que no está debidamente equipado como se requiere en virtud del s. 316.610 , el oficial de la ley también se emitirá un formulario de declaración jurada de cumplimiento.
(2) La persona a quien se ha emitido la citación puede mitigar la sanción civil al hacer la reparación necesaria y presentar el vehículo a cualquier departamento de policía local o al departamento del sheriff en este estado de la inspección dentro de los 30 días después de la emisión de la citación.
(3) La policía o al departamento del sheriff pondrán a disposición de una o varias personas para confirmar que el defecto haya sido corregido. Si no se ha hecho la corrección, el empleado deberá ejecutar el formulario de declaración jurada de cumplimiento de forma establecida por el Departamento de Seguridad de Carreteras y Vehículos Motorizados y devolverlo a la persona que recibió la citación. La persona que recibió la citación, previa recepción de la declaración jurada ejecutada de conformidad, pagar la multa correspondiente a la agencia de aplicación de la ley en virtud del s. 318.18 (2) (c), completando de esta manera la declaración jurada de cumplimiento. La declaración jurada de cumplimiento no será interpretado por los tribunales como una garantía de un estado mecánico del vehículo de motor. Ni la persona que confirma que un defecto ha sido corregido ni el departamento por el cual él o ella es empleado será responsable por daños y perjuicios de cualquier defecto, falla o mal funcionamiento de cualquier equipo de dicho vehículo de motor.
(4) La persona a la que la citación fue emitida deberá enviar por correo o presentar la citación de tráfico y el formulario de declaración jurada de cumplimiento a la secretaría del tribunal donde se emitió y la infracción de tráfico enviará acto seguido a pagar la multa en virtud apropiado s. 318,18(2) (c).
(5) En el caso de que la persona a quien la citación de tráfico se ha emitido decide no corregir el defecto, el procedimiento para el cobro de la multa y otras sanciones procederá conforme a lo dispuesto por la ley.
(6) Esta sección no se aplica a los vehículos comerciales como se define en s. 316.003 (66) o los autobuses de transporte pertenecientes o gestionados por una entidad gubernamental.
Historia. - s. 5, cap. 86-260, s. 7, cap. 90-290, s. 1, cap. 91-136, s. 81, ch. 91-221, s. 329, cap. 95-148, s. 34, ch.96-350.
(2) La persona a quien se ha emitido la citación puede mitigar la sanción civil al hacer la reparación necesaria y presentar el vehículo a cualquier departamento de policía local o al departamento del sheriff en este estado de la inspección dentro de los 30 días después de la emisión de la citación.
(3) La policía o al departamento del sheriff pondrán a disposición de una o varias personas para confirmar que el defecto haya sido corregido. Si no se ha hecho la corrección, el empleado deberá ejecutar el formulario de declaración jurada de cumplimiento de forma establecida por el Departamento de Seguridad de Carreteras y Vehículos Motorizados y devolverlo a la persona que recibió la citación. La persona que recibió la citación, previa recepción de la declaración jurada ejecutada de conformidad, pagar la multa correspondiente a la agencia de aplicación de la ley en virtud del s. 318.18 (2) (c), completando de esta manera la declaración jurada de cumplimiento. La declaración jurada de cumplimiento no será interpretado por los tribunales como una garantía de un estado mecánico del vehículo de motor. Ni la persona que confirma que un defecto ha sido corregido ni el departamento por el cual él o ella es empleado será responsable por daños y perjuicios de cualquier defecto, falla o mal funcionamiento de cualquier equipo de dicho vehículo de motor.
(4) La persona a la que la citación fue emitida deberá enviar por correo o presentar la citación de tráfico y el formulario de declaración jurada de cumplimiento a la secretaría del tribunal donde se emitió y la infracción de tráfico enviará acto seguido a pagar la multa en virtud apropiado s. 318,18(2) (c).
(5) En el caso de que la persona a quien la citación de tráfico se ha emitido decide no corregir el defecto, el procedimiento para el cobro de la multa y otras sanciones procederá conforme a lo dispuesto por la ley.
(6) Esta sección no se aplica a los vehículos comerciales como se define en s. 316.003 (66) o los autobuses de transporte pertenecientes o gestionados por una entidad gubernamental.
Historia. - s. 5, cap. 86-260, s. 7, cap. 90-290, s. 1, cap. 91-136, s. 81, ch. 91-221, s. 329, cap. 95-148, s. 34, ch.96-350.