Cualquier detector infracción de tráfico desplegado en las carreteras, calles y carreteras de este estado debe cumplir con las especificaciones establecidas por el Departamento de Transporte, y debe ser probado a intervalos regulares de acuerdo a las especificaciones establecidas por el Departamento de Transporte. El Departamento de Transporte debe establecer las especificaciones antes del 31 de diciembre de 2010. Sin embargo, este tipo de equipos adquiridos por compra, arrendamiento o cualquier otro acuerdo en el marco de un acuerdo celebrado por un condado o municipio en o antes del 1 de julio de 2011 o equipos utilizados para hacer cumplir una ordenanza promulgada por un condado o municipio en o antes del 01 de julio de 2011, no está obligado a cumplir con las especificaciones establecidas por el Departamento de Transporte hasta el 1 de julio de 2011.
Historia. - s. 7, cap. 2010-80.
Historia. - s. 7, cap. 2010-80.