(1) Ninguna persona podra Alquilar sin Vehículo de motor de Cualquier Otra persona a Menos Que esta de Última personaje es 'entonces' debidamente Autorizado, o si la ONU no Residente Que eL o ella sí Licencia Bajo Las Leyes del Estado o El País de residencia do, salvo sin ninguna Residente Cuyo Estado de origen o del País no Exige Que Obtener Licencia de Operador de la ONU.
(2) Ninguna persona podra Alquilar sin vehicle un Otro Hasta Que se Haya inspeccionado la Licencia de Conducir de la persona a la Que el Vehículo se alquila, y comparado y verificado la firma del Mismo con la firma de la ESA persona Escrito en EL O Su Presencia.
(3) Toda persona Que Alquila un Vehículo de motor de un Otro sin llevará Registro del Número de matrícula del Vehículo de motor de alquiler, el Nombre y Dirección de la persona a la Que el Vehículo es alquilado, el Número de la Licencia de Segunda dicha persona, y la Fecha y Lugar en Que se publico la citada Licencia. DICHO Registro estara abierto a la Inspección Por instancia de parte de Cualquier Agente de Policía . o Funcionario o Empleado del departamento
Historia. - s. 50, cap. 19551 de 1939; CGL 1940 Supp. 4151 (661), s. 50, cap. 20451 de 1941, s. 49, cap. 89-282, s . 422, cap. 95-148.
(2) Ninguna persona podra Alquilar sin vehicle un Otro Hasta Que se Haya inspeccionado la Licencia de Conducir de la persona a la Que el Vehículo se alquila, y comparado y verificado la firma del Mismo con la firma de la ESA persona Escrito en EL O Su Presencia.
(3) Toda persona Que Alquila un Vehículo de motor de un Otro sin llevará Registro del Número de matrícula del Vehículo de motor de alquiler, el Nombre y Dirección de la persona a la Que el Vehículo es alquilado, el Número de la Licencia de Segunda dicha persona, y la Fecha y Lugar en Que se publico la citada Licencia. DICHO Registro estara abierto a la Inspección Por instancia de parte de Cualquier Agente de Policía . o Funcionario o Empleado del departamento
Historia. - s. 50, cap. 19551 de 1939; CGL 1940 Supp. 4151 (661), s. 50, cap. 20451 de 1941, s. 49, cap. 89-282, s . 422, cap. 95-148.