(1) A Pesar de s. 322.28 , el tribunal Florerias ordenar al departamento de retener la Emisión de, o suspender o revocar la Licencia de Conducir de una persona Que es Declarada culpable De Una Violación de s. 562.11 (1) (a) Por no Menos de 3 Meses o Mas de 6 Meses Parr Una Primera Violación y Durante 1 año Parr Cualquier Violación subsecuente. Este Apartado SE APLICA no des pecado licenciatario Que viole s. 562.11 (1) (a), MIENTRAS Que Actúa Dentro del Alcance HACER de Licencia o El Pecado Empleado o Agente de la ONU licenciatario Que viole s. 562.11 (1) (a) en el Ejercicio Dentro del Ámbito de hacerlo Empleo o agencia.
(2) El tribunal Click para ordenar al Departamento de emitir Una Licencia de Conducir restringido Solamente ONU Propósitos Comerciales o de Empleo, Segun lo dispuesto en el s. 322.271 , sin una persona Que Esté calificada de OTRO MODO Una Licencia.
Historia. - . s 2, cap. 2006-203.
(2) El tribunal Click para ordenar al Departamento de emitir Una Licencia de Conducir restringido Solamente ONU Propósitos Comerciales o de Empleo, Segun lo dispuesto en el s. 322.271 , sin una persona Que Esté calificada de OTRO MODO Una Licencia.
Historia. - . s 2, cap. 2006-203.