La Licencia Inicial párrafo Cada Fabricante, distribuidor o Importador sueros de 300 dólares y seran en Adicion a TODAS las demas Licencias o Impuestos Ahora o en el Futuro percibidos, evaluados, o Que se EXIJA al solicitante o al titular de la Licencia. La Cuota anual de Renovación de la Licencia sueros de $ 100. Los Ingresos de TODAS las Licencias de Acuerdo con ss. 320,60 - 320,70 . SE ingresarán en la Tesorería del Estado en el Haber del Fondo General de Ingresos TODAS las Licencias sí Pagaran una mas tardar el 01 de octubre de Cada Año y terminará, a Menos Que los antes revocada o SUSPENDIDA, en el 30 de septiembre siguiente.
Historia. - s. 3, cap. 20236 de 1941, s. 47, cap. 26869, de 1951;. s 7, cap. 70-424, s. 3, cap. 76-168, s. 1, cap. 77-457, arts. 5, 16, 17, ch. 80-217, arts. 2, 3, cap. 81 - 318,. s 5, cap. 85-176, arts. 6, 20, 21, ch. 88-395, s. 4, cap. 91-429.
Historia. - s. 3, cap. 20236 de 1941, s. 47, cap. 26869, de 1951;. s 7, cap. 70-424, s. 3, cap. 76-168, s. 1, cap. 77-457, arts. 5, 16, 17, ch. 80-217, arts. 2, 3, cap. 81 - 318,. s 5, cap. 85-176, arts. 6, 20, 21, ch. 88-395, s. 4, cap. 91-429.