Haz clic aquí para Modificar. Los Ingresos Derivados de la matriculación de Vehículos de motor, INCLUIDOS los Honorarios atrasados y la exclusión de los Ingresos recaudados y Distribuidos de Acuerdo con lo dispuesto en el s 320.081 , debe Ser Distribuida mensualmente, Que se recogen , de la siguiente Manera: (1) . Los Primeros Fondos, en La Medida Necesaria to meet con lo dispuesto en el s . 18, artículo XII de la Constitución Política del Estado de 1885, Aprobado Por s. 9 (d), el arte . XII, 1968 Constitución Revisada, Asi Como las disposiciones ADICIONALES del s. 9 (d). S 1.010,57 , debe Ser depositado en el distrito de Gastos de Capital y el Fondo de Fideicomiso de Escuelas de Servicio de Deuda.
(2) Veinticinco Millones de Dólares Anuales de los dichos Ingresos Deben Ser depositados en el Fondo Fiduciario de Transporte del Estado, priorizando el BSG Asignado a la realizacion del Sistema de Autopistas interestatales. Sin embargo, any Exceso de Fondos pueden Ser utilizados párrafo multas Generales de Transporte, de Acuerdo con el Departamento de los Objetivos aprobados legislativamente del Transporte.
(3) No obstante Cualquier Otra Disposición de ley, EXCEPTO los incisos (1) y (2) 15 Millones de Dólares seran depositados anualmente en el Fondo Estatal de Transporte confianza unicamente con la finalidad de Financiar el Programa de Transporte y Desarrollo Económico Seaport Florida según rubro lo dispuesto en el Capítulo 311. Dichos Ingresos sí distribuirán de forma coincidente a 50-50 Cualquier puerto Que figuran en s. 311,09 (1) Que se utilizarán párr la Financiación de Proyectos, se del como describen en el s. 311.07 (3) (b). Estós Ingresos pueden servi asignados, sí comprometió, o de Lado Como un fideicomiso Para El Pago de capital o de Intereses de los bonos, certificados de Anticipación de Impuestos, o Cualquier Otra forma de Deuda emitida Por Un puerto de particulares o locales apropiado Que Tenga Jurisdicción Sobre el Mismo, o colectivamente Por Acuerdo interlocal Entre CUALQUIERA de los Puertos, o sí utiliza párr comprar el Apoyo de crédito párr permitir Que los dichos Préstamos. Sin embargo, this is an Deuda no Obligación General del Estado. Los Convenios Estatales Con Los Titulares de los dichos Bonos de Ingresos u Otros Instrumentos de Deuda emitidos Que no va a derogar o alterar o Modificar de Cualquier Manera Que materialmente y adversamente afectar los Derechos de los dichos Titulares, Siempre Ÿ CUANDO LOS BONOS Autorizados porciones this section hijo Excepcionales. Los Ingresos Que No Se comprometieron a la devolución de los bonos Autorizados porción this section sí pueden utilizar los párr multas Autorizados en el marco del Programa de Transporte y Desarrollo Económico Seaport Florida. This fuente de Ingresos sí suma a las Cantidades previstas y sí de han apropiado de Acuerdo con s. 311.07 . El Consejo de Desarrollo Económico de la Florida Seaport Transporte y aprobará la Distribución de los Fondos a los Puertos de los Proyectos Que Han Sido aprobados en Virtud del s. 311.09 (5) - (8). El ayuntamiento y el Departamento de Transporte PUEDEN realizar Actos necesarios párrafo facilitar y PONER en Práctica la Presente Subsección. Para Habilitar Mejor un Los Puertos de COOPERAR en beneficio Mutuo, El Órgano de Gobierno de Cada puerto Florerias ejercer Facultades previstas a municipios o Condados en el s. 163.01 (7) (d) con Sujeción al Capítulo 311 y Actos Especiales, En Su Caso, Correspondiente a la ONU puerto. El USO de los Fondos prestados en Virtud del Presente Apartado sí limitación de los Proyectos elegibles mencionados en this Subsección. Los Ingresos Derivados de las Naciones Unidas Proyecto terminado con el USO de los Fondos del Programa, Más Allá De Los Costos de Operación y Servicio De La Deuda, SE limitaciones Exclusivamente unas Nuevas Mejoras de Capital es Puerto consecuente estafadores multas Marítimos. de Se prohibe EL USO de ESOS INGRESOS párrafo multas no marinas. Los Ingresos DISPONIBLES Bajo this Apartadó no podran servicio Dadas en Garantía Para El Pago de las Obligaciones Distintas de la Florida Puertos de Financiación de la Comision Serie 1996 y Serie 1999 Bonos ACTUALMENTE en Circulación, el pecado embargo, organismos de normalización europeos Ingresos pueden Dadas servicio en Garantía párr asegurar el Pago de los bonos de refinanciamiento párrafo refinanciar Los Puertos de la Florida Financiación de la Comision Serie 1996 y Serie de Bonos 1999. Los bonos de refinanciamiento Garantizados Por los Ingresos DISPONIBLES Bajo this Apartadó no podran emitirse ONU de la estafa VENCIMIENTO definitiva una mas tardar el VENCIMIENTO definitiva de la Florida Puertos Financiación COMISION Serie 1996 Y Bonos De La Serie 1999 o Que proporcionan EL SERVICIO DE LA DEUDA MAS ALTA En Un Ano Que En La Actualidad abona es cuentos bonos. Los bonos de Ingresos u Otras Deudas emitidas despues del 1 de julio de 2000, Aparte de bonos de refinanciamiento emitidos podran servicio Por La División de Finanzas de Bonos de una PETICIÓN del Departamento de Transporte de Conformidad con la Ley de Bonos del Estado.
(4) No obstante Cualquier Otra Disposición de ley, EXCEPTO los incisos (1), (2) y ( 3) 10 Millones de Dólares seran depositados anualmente en el Fondo Fiduciario de Transporte del Estado unicamente a los Efectos de Financiar el Programa de Desarrollo Económico de la Florida Seaport Transporte y Conforme a lo dispuesto en el Capítulo 311 y párrafo la Financiación de Proyectos de Acceso Portuarias intermodales de importancia a Nivel Estatal según rubro lo dispuesto en el s. 341.053 . Dichos Ingresos sí distribuirán a Cualquier puerto Que figuran en s. 311.09 (1), Que se utilizará Para La Financiación de Proyectos de la siguiente Manera: (A) Para los Proyectos de Acceso intermodales Portuarias Que se identifican en el Programa de Trabajo 1997-1998 provisional del Departamento de Transporte, Hasta las Cantidades necesarias párr Compensar las Necesidades de Financiación de this section.
(B) Para los Proyectos de Acceso intermodales Portuarias tal se del como describen en el s. 341.053 (5) Que se identifican en el Plan de Misión Seaport Florida 5 Anos de lo dispuesto en el s. 311.09 (3). La Financiación de Proyectos ESTOS sueros de Manera coincidente COMO mutuamente Determinado por El Consejo de Desarrollo Económico y el Departamento de Transporte de Florida Seaport Transporte y si al Menos el 25 Por Ciento del total de de los Fondos del Proyecto provienen de los Fondos del puerto, locales Fondos, Fondos Privados, o Destinados especificamente los Fondos federales.
(C) En forma coincidente 50-50 Para Los Proyectos descritos en el. s 311.07 (3) (b).
(D) Para los Proyectos de Acceso Portuarias intermodales Que implican el dragado y profundización de canales, cuencas de torneado, o Puertos, o la Rehabilitación de muelles, muelles o Estructuras semejantes Usted. La Financiación de Este Tipo de Proyectos Requiere de la ONU Partido de 25 Por Ciento de los Fondos recibidos en Virtud del Presente Apartadó. Fondos de contrapartida Deben provenir de los Fondos del puerto, Fondos federales, locales FONDOS, o Fondos Privados.
Estós Ingresos pueden servicios asignados, sí comprometió, o de Lado Como un fideicomiso Para El Pago de capital o de Intereses de los bonos, certificados de Anticipación de Impuestos, u Otra forma de Deuda emitida Por Un puerto individuo o apropiado locales Que Tenga Jurisdicción Sobre el Mismo, o colectivamente porción interlocal Acuerdo Entre CUALQUIERA de los Puertos, o utilizados párr comprar el Apoyo de crédito párr permitir Que los dichos Préstamos. Sin embargo, this Deuda no es Una Obligación General del Estado. Este Estado convenios con los Titulares Los dichos de Bonos de Ingresos u Otros Instrumentos de Deuda emitidos a continuacion Que no va a derogar o alterar o Modificar this in English Apartado de Manera Que afecten sustancial y adversamente los Derechos de los Titulares, Siempre Ÿ CUANDO LOS BONOS Autorizados porciones this subdivisión Excepcionales hijo. Los Ingresos Que No Se comprometieron con el Pago de los bonos Autorizados porción this section sí pueden utilizar los párr multas Autorizados en el marco del Programa de Transporte y Desarrollo Económico Seaport Florida. This fuente de Ingresos sí suma a las Cantidades previstas y sí de han apropiado de . Acuerdo con s 311,07 y el inciso (3). El Consejo de Desarrollo Económico de la Florida Seaport Transporte y aprobará la Distribución de los Fondos a los Puertos de los Proyectos Que Han Sido aprobados en Virtud del s. 311.09 (5) - (8 ), o párrafo Proyectos de Acceso intermodales Portuarias identificadas en el plan de Misión Seaport Florida 5 Jahr como siempre en el s. 311.09 (3) y mutuamente acordadas por El Consejo de Desarrollo Económico y el Departamento de Transporte de Florida Seaport Transporte y. Todos los CONTRATOS para la Construcción reales de los Proyectos Autorizados porción this Apartado deberan INCLUIR Una Disposición alentando el Empleo de los Participantes en el Programa de Transición del bienestar. El Objetivo de Este Tipo De Empleo es del 25 Por Ciento de Todos Los Nuevos Trabajadores contratados especificamente párrafo el Proyecto, un Menos Que el Departamento de Transporte y el Seaport Florida Transporte y el Desarrollo Económico demostrar Que Ello obstaculizaría gravemente la finalización con Éxito del Proyecto. En tal Caso, Workforce Florida, Inc., establecerá sin PORCENTAJE adecuado de los Empleados Que hijo de los Participantes en el Programa de Transición del bienestar. El ayuntamiento y el Departamento de Transporte PUEDEN realizar OEN Actos Que se requieran párr facilitar y PONER en Práctica las disposiciones de la Presente Subsección. Para Habilitar Mejor un Los Puertos de COOPERAR en beneficio Mutuo, El Órgano de Gobierno de Cada puerto Florerias ejercer Facultades previstas a municipios o Condados en el. s 163.01 (7) (d) sin perjuicio de lo dispuesto en el Capítulo 311 y Actos Especiales, En Su Caso, Perteneciente a la ONU puerto. El BSG de los Fondos prestados en Virtud del Presente Apartado sí limitación de los Proyectos elegibles mencionados en this Subsección. Los Ingresos DISPONIBLES Bajo this Apartadó no podran servicio Dadas en Garantía Para El Pago de las Obligaciones Distintas de la Florida Puertos de Financiación de la Comision Serie 1996 y Serie 1999 ACTUALMENTE Bonos en Circulación, embargo de pecado, OEN Ingresos pueden Dadas servicio en Garantía párr asegurar el Pago de los bonos de refinanciamiento párrafo refinanciar Los Puertos de la Florida Financiación de la Comision Serie 1996 y Serie de Bonos 1999. Los bonos de refinanciamiento Por los Ingresos Garantizados DISPONIBLES Bajo this Apartadó no podran emitirse ONU de la estafa VENCIMIENTO definitiva una mas tardar el VENCIMIENTO definitiva de la Florida Puertos Financiación COMISION Series 1996 y Bonos de la Serie 1999 o Que proporcionan el Servicio de la Deuda Más Alta En Un Año Que en LÃ Actualidad abona es cuentos bonos. Los bonos de Ingresos u Otras Deudas emitidas despues del 1 de julio de 2000, Aparte de bonos de refinanciamiento emitidos podran servicio Por La División de Finanzas de Bonos de una PETICIÓN del Departamento de Transporte de Conformidad con la Ley de Bonos del Estado.
(5) (a) Salvo lo dispuesto en el parrafo (c), el resto de los dichos Ingresos Deben Ser depositados en el Fondo Fiduciario de Transporte del Estado.
(B) El director Financiero Cada mes depositará en el Fondo Fiduciario de Transporte del Estado De Una CANTIDAD Que, procedentes de Otros Fondos en la Tesorería del Estado Que No Se NECESITA de Inmediato o sí Han Realizado en Exceso de la CANTIDAD Necesaria párrafo satisfacer los Requisitos de la Tesorería del Estado, Que CUANDO SE ANADE a las RESTANTES Ingresos Cada mes Sera Igual a la doceava instancia de parte de la CANTIDAD de los Ingresos Anuales previstos párr servicio depositados en el Fondo Fiduciario de Transporte del Estado en Virtud del parrafo (a) según rubro lo Determinado por El director de Finanzas, previa consulta con la estimación de los Ingresos Conferencia celebrada de Conformidad con el. s 216.136 (3). Las Transferencias requeridas a continuacion pueden Ser suspendidos Por La Acción de la Comision Legislativa de Presupuesto en el Caso de la ONU déficit Importante de los Ingresos del Estado.
(C) En Cualquier mes en el Que los Ingresos RESTANTES Derivados de la matriculación de Vehículos de motor podran sobrepasar la doceava instancia de parte de los previstos Ingresos Anuales RESTANTES, Segun lo determine el director Financiero, previa consulta con la Conferencia de Estimación de Ingresos, el Exceso sí acreditará a los los Fondos Estatales en la Tesorería del Estado desde el qué FUE originalmente redactado el importe, la del hasta CANTIDAD Que FUE depositada en el Fondo Fiduciario de Transporte del Estado en Virtud del parrafo (b). El fit definitiva debe hacerse en los ultimos Meses del Año fiscal de Manera Que el total de de Ingresos depositados en el Fondo Fiduciario de Transporte del Estado de Cada Año es Igual a la CANTIDAD Derivada de la matriculación de Vehículos de motor, Menos el Monto Distribuido Bajo la Subsección (1). A los Efectos de Este parrafo y en el parrafo (b), el termino "Ingresos RESTANTES" significa Todos Los Ingresos depositados en el Fondo Fiduciario de Transporte del Estado en Virtud del parrafo (a) y los incisos (2) y (3). A fin de Que los Ingresos porción Intereses continuan acumulándose en el Fondo General de Ingresos, el Departamento de Transporte no podra Invertir Una CANTIDAD Igual al Importe acumulado de los Fondos depositados en el Fondo Fiduciario de Transporte del Estado en Virtud del parrafo (b) Menos Fondos acreditados en Virtud de Este parrafo . en computarizada Sobre Una de base mensual Los importes Que se abonarán con Arreglo A Este parrafo y el anterior Deben Ser calculadas y CERTIFICADAS párrafo el director Financiero de la Oficina Ejecutiva del Gobernador.
Historia. - s. 27, cap. 7275, 1917; RGS 1031, s. 12, cap. 8410, 1921, 1304 CGL;. s 4, cap. 15625 de 1931, s. 44, cap. 26869, de 1951; s. 1, cap. 65-514, s. 31, cap . . 69-216, s 1, cap. 69-300, s. 1, cap. 77-416, s. 1, cap. 81-222, s. 53, cap. 83-3; s. 14, cap . 83-138, s. 44, cap. 83-318, s. 7, cap. 85-81, s. 68, cap. 85-180, s. 20, cap. 89-301, arts. 61, 62 , ch. 90-136, s. 30, cap. 95-143, s. 136, cap. 96-320, s. 50, cap. 97-278, s. 10, cap. 97-280, s. 104 ,. ch 99-13,. s 274, cap. 99-248, s. 14, cap. 99-385, s. 84, cap. 2000-165,. s 5, cap. 2000-266, s. 54 , ch. 2000-371, s. 68, cap. 2001-61;. s . 965, cap . 2002-387, s 360, cap. 2003-261, s. 45, cap. 2005-152, s. 13 , cap. 2012-128, s. 87, cap. 2012-174.
(2) Veinticinco Millones de Dólares Anuales de los dichos Ingresos Deben Ser depositados en el Fondo Fiduciario de Transporte del Estado, priorizando el BSG Asignado a la realizacion del Sistema de Autopistas interestatales. Sin embargo, any Exceso de Fondos pueden Ser utilizados párrafo multas Generales de Transporte, de Acuerdo con el Departamento de los Objetivos aprobados legislativamente del Transporte.
(3) No obstante Cualquier Otra Disposición de ley, EXCEPTO los incisos (1) y (2) 15 Millones de Dólares seran depositados anualmente en el Fondo Estatal de Transporte confianza unicamente con la finalidad de Financiar el Programa de Transporte y Desarrollo Económico Seaport Florida según rubro lo dispuesto en el Capítulo 311. Dichos Ingresos sí distribuirán de forma coincidente a 50-50 Cualquier puerto Que figuran en s. 311,09 (1) Que se utilizarán párr la Financiación de Proyectos, se del como describen en el s. 311.07 (3) (b). Estós Ingresos pueden servi asignados, sí comprometió, o de Lado Como un fideicomiso Para El Pago de capital o de Intereses de los bonos, certificados de Anticipación de Impuestos, o Cualquier Otra forma de Deuda emitida Por Un puerto de particulares o locales apropiado Que Tenga Jurisdicción Sobre el Mismo, o colectivamente Por Acuerdo interlocal Entre CUALQUIERA de los Puertos, o sí utiliza párr comprar el Apoyo de crédito párr permitir Que los dichos Préstamos. Sin embargo, this is an Deuda no Obligación General del Estado. Los Convenios Estatales Con Los Titulares de los dichos Bonos de Ingresos u Otros Instrumentos de Deuda emitidos Que no va a derogar o alterar o Modificar de Cualquier Manera Que materialmente y adversamente afectar los Derechos de los dichos Titulares, Siempre Ÿ CUANDO LOS BONOS Autorizados porciones this section hijo Excepcionales. Los Ingresos Que No Se comprometieron a la devolución de los bonos Autorizados porción this section sí pueden utilizar los párr multas Autorizados en el marco del Programa de Transporte y Desarrollo Económico Seaport Florida. This fuente de Ingresos sí suma a las Cantidades previstas y sí de han apropiado de Acuerdo con s. 311.07 . El Consejo de Desarrollo Económico de la Florida Seaport Transporte y aprobará la Distribución de los Fondos a los Puertos de los Proyectos Que Han Sido aprobados en Virtud del s. 311.09 (5) - (8). El ayuntamiento y el Departamento de Transporte PUEDEN realizar Actos necesarios párrafo facilitar y PONER en Práctica la Presente Subsección. Para Habilitar Mejor un Los Puertos de COOPERAR en beneficio Mutuo, El Órgano de Gobierno de Cada puerto Florerias ejercer Facultades previstas a municipios o Condados en el s. 163.01 (7) (d) con Sujeción al Capítulo 311 y Actos Especiales, En Su Caso, Correspondiente a la ONU puerto. El USO de los Fondos prestados en Virtud del Presente Apartado sí limitación de los Proyectos elegibles mencionados en this Subsección. Los Ingresos Derivados de las Naciones Unidas Proyecto terminado con el USO de los Fondos del Programa, Más Allá De Los Costos de Operación y Servicio De La Deuda, SE limitaciones Exclusivamente unas Nuevas Mejoras de Capital es Puerto consecuente estafadores multas Marítimos. de Se prohibe EL USO de ESOS INGRESOS párrafo multas no marinas. Los Ingresos DISPONIBLES Bajo this Apartadó no podran servicio Dadas en Garantía Para El Pago de las Obligaciones Distintas de la Florida Puertos de Financiación de la Comision Serie 1996 y Serie 1999 Bonos ACTUALMENTE en Circulación, el pecado embargo, organismos de normalización europeos Ingresos pueden Dadas servicio en Garantía párr asegurar el Pago de los bonos de refinanciamiento párrafo refinanciar Los Puertos de la Florida Financiación de la Comision Serie 1996 y Serie de Bonos 1999. Los bonos de refinanciamiento Garantizados Por los Ingresos DISPONIBLES Bajo this Apartadó no podran emitirse ONU de la estafa VENCIMIENTO definitiva una mas tardar el VENCIMIENTO definitiva de la Florida Puertos Financiación COMISION Serie 1996 Y Bonos De La Serie 1999 o Que proporcionan EL SERVICIO DE LA DEUDA MAS ALTA En Un Ano Que En La Actualidad abona es cuentos bonos. Los bonos de Ingresos u Otras Deudas emitidas despues del 1 de julio de 2000, Aparte de bonos de refinanciamiento emitidos podran servicio Por La División de Finanzas de Bonos de una PETICIÓN del Departamento de Transporte de Conformidad con la Ley de Bonos del Estado.
(4) No obstante Cualquier Otra Disposición de ley, EXCEPTO los incisos (1), (2) y ( 3) 10 Millones de Dólares seran depositados anualmente en el Fondo Fiduciario de Transporte del Estado unicamente a los Efectos de Financiar el Programa de Desarrollo Económico de la Florida Seaport Transporte y Conforme a lo dispuesto en el Capítulo 311 y párrafo la Financiación de Proyectos de Acceso Portuarias intermodales de importancia a Nivel Estatal según rubro lo dispuesto en el s. 341.053 . Dichos Ingresos sí distribuirán a Cualquier puerto Que figuran en s. 311.09 (1), Que se utilizará Para La Financiación de Proyectos de la siguiente Manera: (A) Para los Proyectos de Acceso intermodales Portuarias Que se identifican en el Programa de Trabajo 1997-1998 provisional del Departamento de Transporte, Hasta las Cantidades necesarias párr Compensar las Necesidades de Financiación de this section.
(B) Para los Proyectos de Acceso intermodales Portuarias tal se del como describen en el s. 341.053 (5) Que se identifican en el Plan de Misión Seaport Florida 5 Anos de lo dispuesto en el s. 311.09 (3). La Financiación de Proyectos ESTOS sueros de Manera coincidente COMO mutuamente Determinado por El Consejo de Desarrollo Económico y el Departamento de Transporte de Florida Seaport Transporte y si al Menos el 25 Por Ciento del total de de los Fondos del Proyecto provienen de los Fondos del puerto, locales Fondos, Fondos Privados, o Destinados especificamente los Fondos federales.
(C) En forma coincidente 50-50 Para Los Proyectos descritos en el. s 311.07 (3) (b).
(D) Para los Proyectos de Acceso Portuarias intermodales Que implican el dragado y profundización de canales, cuencas de torneado, o Puertos, o la Rehabilitación de muelles, muelles o Estructuras semejantes Usted. La Financiación de Este Tipo de Proyectos Requiere de la ONU Partido de 25 Por Ciento de los Fondos recibidos en Virtud del Presente Apartadó. Fondos de contrapartida Deben provenir de los Fondos del puerto, Fondos federales, locales FONDOS, o Fondos Privados.
Estós Ingresos pueden servicios asignados, sí comprometió, o de Lado Como un fideicomiso Para El Pago de capital o de Intereses de los bonos, certificados de Anticipación de Impuestos, u Otra forma de Deuda emitida Por Un puerto individuo o apropiado locales Que Tenga Jurisdicción Sobre el Mismo, o colectivamente porción interlocal Acuerdo Entre CUALQUIERA de los Puertos, o utilizados párr comprar el Apoyo de crédito párr permitir Que los dichos Préstamos. Sin embargo, this Deuda no es Una Obligación General del Estado. Este Estado convenios con los Titulares Los dichos de Bonos de Ingresos u Otros Instrumentos de Deuda emitidos a continuacion Que no va a derogar o alterar o Modificar this in English Apartado de Manera Que afecten sustancial y adversamente los Derechos de los Titulares, Siempre Ÿ CUANDO LOS BONOS Autorizados porciones this subdivisión Excepcionales hijo. Los Ingresos Que No Se comprometieron con el Pago de los bonos Autorizados porción this section sí pueden utilizar los párr multas Autorizados en el marco del Programa de Transporte y Desarrollo Económico Seaport Florida. This fuente de Ingresos sí suma a las Cantidades previstas y sí de han apropiado de . Acuerdo con s 311,07 y el inciso (3). El Consejo de Desarrollo Económico de la Florida Seaport Transporte y aprobará la Distribución de los Fondos a los Puertos de los Proyectos Que Han Sido aprobados en Virtud del s. 311.09 (5) - (8 ), o párrafo Proyectos de Acceso intermodales Portuarias identificadas en el plan de Misión Seaport Florida 5 Jahr como siempre en el s. 311.09 (3) y mutuamente acordadas por El Consejo de Desarrollo Económico y el Departamento de Transporte de Florida Seaport Transporte y. Todos los CONTRATOS para la Construcción reales de los Proyectos Autorizados porción this Apartado deberan INCLUIR Una Disposición alentando el Empleo de los Participantes en el Programa de Transición del bienestar. El Objetivo de Este Tipo De Empleo es del 25 Por Ciento de Todos Los Nuevos Trabajadores contratados especificamente párrafo el Proyecto, un Menos Que el Departamento de Transporte y el Seaport Florida Transporte y el Desarrollo Económico demostrar Que Ello obstaculizaría gravemente la finalización con Éxito del Proyecto. En tal Caso, Workforce Florida, Inc., establecerá sin PORCENTAJE adecuado de los Empleados Que hijo de los Participantes en el Programa de Transición del bienestar. El ayuntamiento y el Departamento de Transporte PUEDEN realizar OEN Actos Que se requieran párr facilitar y PONER en Práctica las disposiciones de la Presente Subsección. Para Habilitar Mejor un Los Puertos de COOPERAR en beneficio Mutuo, El Órgano de Gobierno de Cada puerto Florerias ejercer Facultades previstas a municipios o Condados en el. s 163.01 (7) (d) sin perjuicio de lo dispuesto en el Capítulo 311 y Actos Especiales, En Su Caso, Perteneciente a la ONU puerto. El BSG de los Fondos prestados en Virtud del Presente Apartado sí limitación de los Proyectos elegibles mencionados en this Subsección. Los Ingresos DISPONIBLES Bajo this Apartadó no podran servicio Dadas en Garantía Para El Pago de las Obligaciones Distintas de la Florida Puertos de Financiación de la Comision Serie 1996 y Serie 1999 ACTUALMENTE Bonos en Circulación, embargo de pecado, OEN Ingresos pueden Dadas servicio en Garantía párr asegurar el Pago de los bonos de refinanciamiento párrafo refinanciar Los Puertos de la Florida Financiación de la Comision Serie 1996 y Serie de Bonos 1999. Los bonos de refinanciamiento Por los Ingresos Garantizados DISPONIBLES Bajo this Apartadó no podran emitirse ONU de la estafa VENCIMIENTO definitiva una mas tardar el VENCIMIENTO definitiva de la Florida Puertos Financiación COMISION Series 1996 y Bonos de la Serie 1999 o Que proporcionan el Servicio de la Deuda Más Alta En Un Año Que en LÃ Actualidad abona es cuentos bonos. Los bonos de Ingresos u Otras Deudas emitidas despues del 1 de julio de 2000, Aparte de bonos de refinanciamiento emitidos podran servicio Por La División de Finanzas de Bonos de una PETICIÓN del Departamento de Transporte de Conformidad con la Ley de Bonos del Estado.
(5) (a) Salvo lo dispuesto en el parrafo (c), el resto de los dichos Ingresos Deben Ser depositados en el Fondo Fiduciario de Transporte del Estado.
(B) El director Financiero Cada mes depositará en el Fondo Fiduciario de Transporte del Estado De Una CANTIDAD Que, procedentes de Otros Fondos en la Tesorería del Estado Que No Se NECESITA de Inmediato o sí Han Realizado en Exceso de la CANTIDAD Necesaria párrafo satisfacer los Requisitos de la Tesorería del Estado, Que CUANDO SE ANADE a las RESTANTES Ingresos Cada mes Sera Igual a la doceava instancia de parte de la CANTIDAD de los Ingresos Anuales previstos párr servicio depositados en el Fondo Fiduciario de Transporte del Estado en Virtud del parrafo (a) según rubro lo Determinado por El director de Finanzas, previa consulta con la estimación de los Ingresos Conferencia celebrada de Conformidad con el. s 216.136 (3). Las Transferencias requeridas a continuacion pueden Ser suspendidos Por La Acción de la Comision Legislativa de Presupuesto en el Caso de la ONU déficit Importante de los Ingresos del Estado.
(C) En Cualquier mes en el Que los Ingresos RESTANTES Derivados de la matriculación de Vehículos de motor podran sobrepasar la doceava instancia de parte de los previstos Ingresos Anuales RESTANTES, Segun lo determine el director Financiero, previa consulta con la Conferencia de Estimación de Ingresos, el Exceso sí acreditará a los los Fondos Estatales en la Tesorería del Estado desde el qué FUE originalmente redactado el importe, la del hasta CANTIDAD Que FUE depositada en el Fondo Fiduciario de Transporte del Estado en Virtud del parrafo (b). El fit definitiva debe hacerse en los ultimos Meses del Año fiscal de Manera Que el total de de Ingresos depositados en el Fondo Fiduciario de Transporte del Estado de Cada Año es Igual a la CANTIDAD Derivada de la matriculación de Vehículos de motor, Menos el Monto Distribuido Bajo la Subsección (1). A los Efectos de Este parrafo y en el parrafo (b), el termino "Ingresos RESTANTES" significa Todos Los Ingresos depositados en el Fondo Fiduciario de Transporte del Estado en Virtud del parrafo (a) y los incisos (2) y (3). A fin de Que los Ingresos porción Intereses continuan acumulándose en el Fondo General de Ingresos, el Departamento de Transporte no podra Invertir Una CANTIDAD Igual al Importe acumulado de los Fondos depositados en el Fondo Fiduciario de Transporte del Estado en Virtud del parrafo (b) Menos Fondos acreditados en Virtud de Este parrafo . en computarizada Sobre Una de base mensual Los importes Que se abonarán con Arreglo A Este parrafo y el anterior Deben Ser calculadas y CERTIFICADAS párrafo el director Financiero de la Oficina Ejecutiva del Gobernador.
Historia. - s. 27, cap. 7275, 1917; RGS 1031, s. 12, cap. 8410, 1921, 1304 CGL;. s 4, cap. 15625 de 1931, s. 44, cap. 26869, de 1951; s. 1, cap. 65-514, s. 31, cap . . 69-216, s 1, cap. 69-300, s. 1, cap. 77-416, s. 1, cap. 81-222, s. 53, cap. 83-3; s. 14, cap . 83-138, s. 44, cap. 83-318, s. 7, cap. 85-81, s. 68, cap. 85-180, s. 20, cap. 89-301, arts. 61, 62 , ch. 90-136, s. 30, cap. 95-143, s. 136, cap. 96-320, s. 50, cap. 97-278, s. 10, cap. 97-280, s. 104 ,. ch 99-13,. s 274, cap. 99-248, s. 14, cap. 99-385, s. 84, cap. 2000-165,. s 5, cap. 2000-266, s. 54 , ch. 2000-371, s. 68, cap. 2001-61;. s . 965, cap . 2002-387, s 360, cap. 2003-261, s. 45, cap. 2005-152, s. 13 , cap. 2012-128, s. 87, cap. 2012-174.