(1) de este apartado podrá ser citada como la "Prohibición de la Florida el texto mientras se conduce la ley."
(2) Es la intención de la Asamblea Legislativa:(A) Mejorar la seguridad vial para todos los conductores de vehículos de pasajeros, vehículos, ciclistas, peatones y otros usuarios de la carretera.
(B) Prevenir los accidentes relacionados con el acto de enviar mensajes de texto mientras se conduce un vehículo de motor.
(C) Reducción de las lesiones, muertes, daños a la propiedad, los costos de atención de salud, las tasas de seguro de salud, y las tasas de seguros de automóviles en relación con los accidentes automovilísticos.
(D) Autorizar a la policía para detener a los vehículos de motor y emitir citaciones como una ofensa secundaria a las personas que los mensajes de texto mientras se conduce.
(3) (a) Ninguna persona puede operar un vehículo de motor mientras se escribe o introducir varias letras, números, símbolos u otros caracteres en un dispositivo de comunicación inalámbrica de forma manual o al enviar o leer datos de 1 en un dispositivo con el fin de sin voz la comunicación interpersonal, incluyendo, pero no limitado a, los métodos de comunicación conocidos como mensajes de texto, correo electrónico y la mensajería instantánea. Tal como se utiliza en esta sección, el término "dispositivo de comunicaciones inalámbricas", cualquier dispositivo portátil utilizado o susceptible de ser utilizado en forma de mano, que se ha diseñado ni está destinado para recibir o transmitir texto o carácter basado en mensajes, acceso o almacenar datos, o conectarse a Internet o cualquier servicio de comunicaciones tal como se define en s. 812.15 y que permite comunicaciones de texto. A los efectos de este párrafo, un vehículo de motor que está parado no esté en funcionamiento y no está sujeta a la prohibición establecida en el presente apartado.
(B) El párrafo (a) no se aplica a un operador de vehículo de motor, que es:1. Realizando funciones oficiales como operador de un vehículo de emergencia autorizado según se define en s. 322.01 , un policía o un servicio profesional incendio o una emergencia servicios médicos profesionales.
2. Informar de una emergencia o actividad criminal o sospechosa a las autoridades policiales.
. 3 Recepción de mensajes que se encuentran:. una relacionada con la operación o en la navegación del vehículo de motor;
. b Información de seguridad relacionada, incluyendo emergencias, tráfico, o alertas meteorológicas;
c. Los datos utilizados principalmente por el vehículo de motor, o
d. Los programas de radio.
4. Uso de un dispositivo o sistema para la navegación.
5. Realización de la comunicación interpersonal inalámbrica que no requiere la entrada manual de varias letras, números o símbolos, excepto para activar, desactivar o iniciar una función o característica.
6. Realizar la comunicación interpersonal inalámbrica que no requiere lectura de mensajes de texto, excepto para activar, desactivar o iniciar una función o característica.
7. El funcionamiento de un vehículo autónomo, tal como se define en s. 316.003 , en el modo autónomo.
(C) Sólo en el caso de un accidente con resultado de muerte o lesiones personales, registros de facturación de un usuario de un dispositivo de comunicación inalámbrico o el testimonio de, o declaraciones escritas de las autoridades competentes que reciben este tipo de mensajes pueden ser admitidas como prueba en ningún procedimiento para determinar si una violación del párrafo (a) se ha cometido.
(4) (a) Cualquier persona que viola el apartado (3) (a) ha cometido una infracción de tráfico no criminal, sancionable como una violación estacionaria a lo dispuesto en el capítulo 318.
(B) Toda persona que cometa una segunda o subsiguiente violación del párrafo (3) (a) dentro de los 5 años después de la fecha de una condena anterior por una violación del párrafo (3) (a) ha cometido una infracción de tráfico no criminal, sancionable como una moviendo violación de lo dispuesto en el capítulo 318.
(5) La aplicación de esta sección por las fuerzas de seguridad estatales o locales deberá llevarse a cabo sólo como una acción secundaria cuando un operador de un vehículo de motor ha sido detenido por una supuesta violación de otra disposición de este capítulo, el capítulo 320 o el capítulo 322.
Historia. - s. 1, cap. 2013-58.
1 Nota. - La palabra "on" fue sustituido por la palabra "en" por los editores.
(2) Es la intención de la Asamblea Legislativa:(A) Mejorar la seguridad vial para todos los conductores de vehículos de pasajeros, vehículos, ciclistas, peatones y otros usuarios de la carretera.
(B) Prevenir los accidentes relacionados con el acto de enviar mensajes de texto mientras se conduce un vehículo de motor.
(C) Reducción de las lesiones, muertes, daños a la propiedad, los costos de atención de salud, las tasas de seguro de salud, y las tasas de seguros de automóviles en relación con los accidentes automovilísticos.
(D) Autorizar a la policía para detener a los vehículos de motor y emitir citaciones como una ofensa secundaria a las personas que los mensajes de texto mientras se conduce.
(3) (a) Ninguna persona puede operar un vehículo de motor mientras se escribe o introducir varias letras, números, símbolos u otros caracteres en un dispositivo de comunicación inalámbrica de forma manual o al enviar o leer datos de 1 en un dispositivo con el fin de sin voz la comunicación interpersonal, incluyendo, pero no limitado a, los métodos de comunicación conocidos como mensajes de texto, correo electrónico y la mensajería instantánea. Tal como se utiliza en esta sección, el término "dispositivo de comunicaciones inalámbricas", cualquier dispositivo portátil utilizado o susceptible de ser utilizado en forma de mano, que se ha diseñado ni está destinado para recibir o transmitir texto o carácter basado en mensajes, acceso o almacenar datos, o conectarse a Internet o cualquier servicio de comunicaciones tal como se define en s. 812.15 y que permite comunicaciones de texto. A los efectos de este párrafo, un vehículo de motor que está parado no esté en funcionamiento y no está sujeta a la prohibición establecida en el presente apartado.
(B) El párrafo (a) no se aplica a un operador de vehículo de motor, que es:1. Realizando funciones oficiales como operador de un vehículo de emergencia autorizado según se define en s. 322.01 , un policía o un servicio profesional incendio o una emergencia servicios médicos profesionales.
2. Informar de una emergencia o actividad criminal o sospechosa a las autoridades policiales.
. 3 Recepción de mensajes que se encuentran:. una relacionada con la operación o en la navegación del vehículo de motor;
. b Información de seguridad relacionada, incluyendo emergencias, tráfico, o alertas meteorológicas;
c. Los datos utilizados principalmente por el vehículo de motor, o
d. Los programas de radio.
4. Uso de un dispositivo o sistema para la navegación.
5. Realización de la comunicación interpersonal inalámbrica que no requiere la entrada manual de varias letras, números o símbolos, excepto para activar, desactivar o iniciar una función o característica.
6. Realizar la comunicación interpersonal inalámbrica que no requiere lectura de mensajes de texto, excepto para activar, desactivar o iniciar una función o característica.
7. El funcionamiento de un vehículo autónomo, tal como se define en s. 316.003 , en el modo autónomo.
(C) Sólo en el caso de un accidente con resultado de muerte o lesiones personales, registros de facturación de un usuario de un dispositivo de comunicación inalámbrico o el testimonio de, o declaraciones escritas de las autoridades competentes que reciben este tipo de mensajes pueden ser admitidas como prueba en ningún procedimiento para determinar si una violación del párrafo (a) se ha cometido.
(4) (a) Cualquier persona que viola el apartado (3) (a) ha cometido una infracción de tráfico no criminal, sancionable como una violación estacionaria a lo dispuesto en el capítulo 318.
(B) Toda persona que cometa una segunda o subsiguiente violación del párrafo (3) (a) dentro de los 5 años después de la fecha de una condena anterior por una violación del párrafo (3) (a) ha cometido una infracción de tráfico no criminal, sancionable como una moviendo violación de lo dispuesto en el capítulo 318.
(5) La aplicación de esta sección por las fuerzas de seguridad estatales o locales deberá llevarse a cabo sólo como una acción secundaria cuando un operador de un vehículo de motor ha sido detenido por una supuesta violación de otra disposición de este capítulo, el capítulo 320 o el capítulo 322.
Historia. - s. 1, cap. 2013-58.
1 Nota. - La palabra "on" fue sustituido por la palabra "en" por los editores.