Siempre que el motor y otros vehículos son operados en combinación durante el tiempo que se requieren luces, cualquier lámpara (excepto faros traseros) no necesita ser iluminada y que, debido a su ubicación en el vehículo de la combinación, sería oscurecido por otro vehículo de la combinación, pero esto no afectará a la exigencia de que las lámparas iluminadas de despacho se mostrarán en la parte delantera del vehículo ante todo deben tener luces de gálibo, ni que todas las luces requeridas en la parte posterior del vehículo más retrasada de cualquier combinación deberá ser iluminada.
Historia. - s. 1, cap. 71-135.
Historia. - s. 1, cap. 71-135.