(1) Es ilegal Parr Cualquier persona Parr estacionar pecado Vehículo de motor, Segun Sí define en s. 320.01 , En Una calle o carretera publica, el pecado APARCAMIENTO Público, u Otra Propiedad pública o la Propiedad privada, Donde El Público Tiene el Derecho de Viajes en Vehículo de motor, con el director Objetivo y la Intención de mostrar el vehículo Sobre el Mismo motor de Venta, arrendamiento o alquiler de la ONU Menos Que La Venta, el alquiler o el alquiler del Vehículo de motor Esté expresamente Autorizado en tal Propiedad municipal o del condado Por La Regulación y la persona no está en Conformidad con TODAS las regulaciones de Licencia municipal o del condado.
(2) Las disposiciones de la Subsección (1) No Se oponen a una persona de no estacionar proprio vehículo o hacer Otra Propiedad de personal Cualquier Propiedad privada Que Personaje POSEE o arrendamiento o en Propiedad privada Verdadero Que la persona HACE No comprar o arrendar, Pero Para Los Cuales EL o ella obtiene el Permiso del Propietario, o en la vía Pública adyacente a la Misma, finalidad principal de con de la la y la Intención de Venta, arrendamiento o alquiler.
(3) Se enmienda el inciso (1) no prohibe la ONU Concesionario de Vehículos de motor con Licencia de Exposición parrafo de La Venta o La Oferta de Vehículos de motor de Venta en distintos Lugares de Ubicación Autorizada del Concesionario si el distribuidor Sí ha expedido Una Licencia Adicional Parr Las Ventas Fuera del Establecimiento, Segun lo dispuesto en el. s 320,27 (5), y ha Cumplido con los Requisitos de la Subsección (1). Los Vehículos expuestos Parr La Venta Por Un Distribuidor Autorizado, en Cualquier Lugar Que No mar licenciado Ubicación de la banca es Objeto de expulsión inmediata Pecado Previo aviso.
(4) Un Gobierno Local de Florerias adoptar Una ordenanza Parr permitir Que el remolque de la ONU Vehículo estacionado en Violación de esta sección. Un oficial de la Aplicación de la ley, oficial de Cumplimiento, oficial de la Aplicación del Código de Cualquier Agencia Gubernamental local o supervisora del departamento Florerias emitir Una citación y HACER Que se Bastante de Inmediato a costa del Propietario Cualquier Vehículo de motor Que se encuentra en Violación de la Subsección (1), EXCEPTO dispuesto en los incisos (2) y ( 3), o en Violación de la Subsección (5), el inciso (6), inciso (7), o en el inciso (8), y el Propietario Sí evaluará Una Sanción Conforme a lo dispuesto en el s. 318,18 (21) Por el Organismo o Autoridad de Gobierno Que las Órdenes de expulsión inmediata del Vehículo de motor. Un Vehículo de motor SE RETIRO sin esta sección no Sera Liberado de la ONU Depósito municipal o de remolque y Almacenamiento Antes de la ONU Formulario de AUTORIZACION prescrita por El departamento ha concluído la Verificación de la Multa Que ha Sido Pagada a la agencia o Autoridad Gubernamental Que ordeño la Remoción inmediata del vehículo de motor. Sin embargo, el Propietario Florerias Pagar los Gastos de remolque Ÿ Almacenamiento DEL REMOLQUE Ÿ Almacenamiento De Conformidad con EL s. 713,78 Antes del Pago de la Multa o Antes de Que el Formulario de Liberación ha Sido completado.
(5) Es ilegal ofrecer pecado vehículo parrafo de La Venta si el Número de Identificación del Vehículo ha Sido destruído, Eliminado, Cubierto , Alterado o desfigurado, sí del de Como Explicar en el s. 319.33 (1) (d). Un Vehículo Que se encuentra en Violación de Este inciso es Objeto de expulsión inmediata Pecado Previo aviso.
(6) Es ilegal Parr UNIR a sabiendas de Cualquier Vehículo de motor de las Naciones Unidas Registro Que No Se ha cedido o transferido Legalmente al Vehiculo con Arreglo al s. 320.261 . Un Vehículo Que se encuentra en Violación de Este inciso es Objeto de expulsión inmediata Pecado Previo aviso.
(7) Es ilegal mostrar u ofrecer a la Venta de la ONU vehículo Que NO TIENE UN Registro válido lo dispuesto en el s. 320.02 . Un Vehículo Que se encuentra en Violación de Este inciso es Objeto de expulsión inmediata Pecado Previo aviso. Este Apartado SE APLICA Una no los Vehículos y los Vehículos Recreativos Que se ofrecen a la Venta a Través de Subastas de Vehículos de Motor del SE de Como define en s. 320.27 (1) (c) 4.
(8) Un vehículo es Objeto de expulsión inmediata Pecado Previo aviso, si lleva sin numero de telefono Que se ha mostrado en tres o vehículos MAS PUESTOS A La Venta En Un PLAZO de 12 meses.
(9) Cualquier Otra Disposición de ley en contrario Pesar de ola, Una Violación de la Subsección (1), inciso ( 5), el inciso (6), inciso (7), o en el inciso (8) hara pasible al Propietario de DICHO Vehículo de motor Gastos de remolque razonablemente necesarias Porción Extracción y Almacenamiento del Vehículo y Una Multa Como lo Requiere la s. 318.18 .
(10) esta sección no prohibe El Órgano de Gobierno de la ONU municipio o condado, con respecto a las calles, Carreteras o Cualquier Otra Propiedad Bajo do Jurisdicción, de ordinario el ESTACIONAMIENTO de Vehículos de motor Parr Cualquier Propósito.
(11) Una Violación de esta sección es una Infracción de Tráfico no criminal, sancionable de Como Una Violación estacionaria a lo dispuesto en el Capítulo 318 de la ONU Menos Que el Mandato Por La ley general.
Historia. - S. 1, cap. 88-93, s. 19, ch. 94-306, s. 897, ch. 95-148, s. 64, cap. 95-333, s. 145, ch. 99-248, ss. 44, 45, ch. 2000-171, s. 1,
cap. 2001-196, s. 63, ch. 2007-196, s. 3, cap. 2010-198. Haz clic here for Modificar.
(2) Las disposiciones de la Subsección (1) No Se oponen a una persona de no estacionar proprio vehículo o hacer Otra Propiedad de personal Cualquier Propiedad privada Que Personaje POSEE o arrendamiento o en Propiedad privada Verdadero Que la persona HACE No comprar o arrendar, Pero Para Los Cuales EL o ella obtiene el Permiso del Propietario, o en la vía Pública adyacente a la Misma, finalidad principal de con de la la y la Intención de Venta, arrendamiento o alquiler.
(3) Se enmienda el inciso (1) no prohibe la ONU Concesionario de Vehículos de motor con Licencia de Exposición parrafo de La Venta o La Oferta de Vehículos de motor de Venta en distintos Lugares de Ubicación Autorizada del Concesionario si el distribuidor Sí ha expedido Una Licencia Adicional Parr Las Ventas Fuera del Establecimiento, Segun lo dispuesto en el. s 320,27 (5), y ha Cumplido con los Requisitos de la Subsección (1). Los Vehículos expuestos Parr La Venta Por Un Distribuidor Autorizado, en Cualquier Lugar Que No mar licenciado Ubicación de la banca es Objeto de expulsión inmediata Pecado Previo aviso.
(4) Un Gobierno Local de Florerias adoptar Una ordenanza Parr permitir Que el remolque de la ONU Vehículo estacionado en Violación de esta sección. Un oficial de la Aplicación de la ley, oficial de Cumplimiento, oficial de la Aplicación del Código de Cualquier Agencia Gubernamental local o supervisora del departamento Florerias emitir Una citación y HACER Que se Bastante de Inmediato a costa del Propietario Cualquier Vehículo de motor Que se encuentra en Violación de la Subsección (1), EXCEPTO dispuesto en los incisos (2) y ( 3), o en Violación de la Subsección (5), el inciso (6), inciso (7), o en el inciso (8), y el Propietario Sí evaluará Una Sanción Conforme a lo dispuesto en el s. 318,18 (21) Por el Organismo o Autoridad de Gobierno Que las Órdenes de expulsión inmediata del Vehículo de motor. Un Vehículo de motor SE RETIRO sin esta sección no Sera Liberado de la ONU Depósito municipal o de remolque y Almacenamiento Antes de la ONU Formulario de AUTORIZACION prescrita por El departamento ha concluído la Verificación de la Multa Que ha Sido Pagada a la agencia o Autoridad Gubernamental Que ordeño la Remoción inmediata del vehículo de motor. Sin embargo, el Propietario Florerias Pagar los Gastos de remolque Ÿ Almacenamiento DEL REMOLQUE Ÿ Almacenamiento De Conformidad con EL s. 713,78 Antes del Pago de la Multa o Antes de Que el Formulario de Liberación ha Sido completado.
(5) Es ilegal ofrecer pecado vehículo parrafo de La Venta si el Número de Identificación del Vehículo ha Sido destruído, Eliminado, Cubierto , Alterado o desfigurado, sí del de Como Explicar en el s. 319.33 (1) (d). Un Vehículo Que se encuentra en Violación de Este inciso es Objeto de expulsión inmediata Pecado Previo aviso.
(6) Es ilegal Parr UNIR a sabiendas de Cualquier Vehículo de motor de las Naciones Unidas Registro Que No Se ha cedido o transferido Legalmente al Vehiculo con Arreglo al s. 320.261 . Un Vehículo Que se encuentra en Violación de Este inciso es Objeto de expulsión inmediata Pecado Previo aviso.
(7) Es ilegal mostrar u ofrecer a la Venta de la ONU vehículo Que NO TIENE UN Registro válido lo dispuesto en el s. 320.02 . Un Vehículo Que se encuentra en Violación de Este inciso es Objeto de expulsión inmediata Pecado Previo aviso. Este Apartado SE APLICA Una no los Vehículos y los Vehículos Recreativos Que se ofrecen a la Venta a Través de Subastas de Vehículos de Motor del SE de Como define en s. 320.27 (1) (c) 4.
(8) Un vehículo es Objeto de expulsión inmediata Pecado Previo aviso, si lleva sin numero de telefono Que se ha mostrado en tres o vehículos MAS PUESTOS A La Venta En Un PLAZO de 12 meses.
(9) Cualquier Otra Disposición de ley en contrario Pesar de ola, Una Violación de la Subsección (1), inciso ( 5), el inciso (6), inciso (7), o en el inciso (8) hara pasible al Propietario de DICHO Vehículo de motor Gastos de remolque razonablemente necesarias Porción Extracción y Almacenamiento del Vehículo y Una Multa Como lo Requiere la s. 318.18 .
(10) esta sección no prohibe El Órgano de Gobierno de la ONU municipio o condado, con respecto a las calles, Carreteras o Cualquier Otra Propiedad Bajo do Jurisdicción, de ordinario el ESTACIONAMIENTO de Vehículos de motor Parr Cualquier Propósito.
(11) Una Violación de esta sección es una Infracción de Tráfico no criminal, sancionable de Como Una Violación estacionaria a lo dispuesto en el Capítulo 318 de la ONU Menos Que el Mandato Por La ley general.
Historia. - S. 1, cap. 88-93, s. 19, ch. 94-306, s. 897, ch. 95-148, s. 64, cap. 95-333, s. 145, ch. 99-248, ss. 44, 45, ch. 2000-171, s. 1,
cap. 2001-196, s. 63, ch. 2007-196, s. 3, cap. 2010-198. Haz clic here for Modificar.