(1) Es ilegal que una entidad no gubernamental de utilizar cualquier dispositivo de control de tráfico en cualquier lugar en el que se invita al público en general, a menos que dicho aparato cumple con el sistema uniforme de los dispositivos de control de tránsito aprobado por el Departamento de Transporte de conformidad con este capítulo.
(2) las entidades no gubernamentales a las que se invita al público en general para viajar deberán instalar y mantener dispositivos de control de tráfico uniformes en lugares adecuados, de conformidad con las normas establecidas por el Manual de Dispositivos Uniformes de Control de Tráfico, aprobado por el Departamento de Transporte de conformidad con s. 316.0745 . Las empresas de los estacionamientos de los cuales no proporcionan intersección carriles de tráfico y las empresas con menos de 25 plazas de aparcamiento están exentos de las disposiciones de la presente subsección.
(3) Toda persona que viole esta sección comete un delito menor de segundo grado, punible según lo dispuesto en el s. 775.082 o s. 775.083 .
Historia. - s. 1, cap. 79-376, s. 1, cap. 90-121, s. 13, cap. 99-5; s. 88, cap. 99-13, s. 96, cap. 99-248, s. 24, cap.2013-18.
(2) las entidades no gubernamentales a las que se invita al público en general para viajar deberán instalar y mantener dispositivos de control de tráfico uniformes en lugares adecuados, de conformidad con las normas establecidas por el Manual de Dispositivos Uniformes de Control de Tráfico, aprobado por el Departamento de Transporte de conformidad con s. 316.0745 . Las empresas de los estacionamientos de los cuales no proporcionan intersección carriles de tráfico y las empresas con menos de 25 plazas de aparcamiento están exentos de las disposiciones de la presente subsección.
(3) Toda persona que viole esta sección comete un delito menor de segundo grado, punible según lo dispuesto en el s. 775.082 o s. 775.083 .
Historia. - s. 1, cap. 79-376, s. 1, cap. 90-121, s. 13, cap. 99-5; s. 88, cap. 99-13, s. 96, cap. 99-248, s. 24, cap.2013-18.