1) (a) Para los fines de la administración de esta sección, el departamento, un condado, o un municipio podrán autorizar a un agente de la infracción de tráfico bajo s. 316.640 emitir una citación por una violación de s. 316.074 (1) o s . 316.075 (1) (c) 1. Un aviso de violación y una infracción de tráfico no podrá ser expedida por no detenerse en un semáforo en rojo si el conductor está haciendo un giro a la derecha de una manera cuidadosa y prudente en una intersección donde gira la derecha son permisibles. Un aviso de violación y una infracción de tráfico no puede ser emitida bajo esta sección si el conductor del vehículo se haya detenido por completo después de cruzar la línea de parada y antes de girar a la derecha si es admisible en un semáforo en rojo, pero no se detuvo antes de cruzar la línea de detención o cualquier otro punto en el que se requiere una parada. Este párrafo no prohíbe que una revisión de la información de un detector de infracción de tránsito por un empleado o agente autorizado del departamento, un condado, o un municipio antes de la emisión de la citación de tráfico por el agente de la infracción de tráfico. Este párrafo no prohíbe el departamento, un condado, o un municipio de la emisión de la notificación prevista en el párrafo (b) para el propietario registrado del vehículo involucrado en la violación de s. 316.074 (1) o s. 316.075(1) (c) 1.
(B) 1.a. Dentro de los 30 días después de una violación, la notificación debe ser enviada al propietario registrado del vehículo involucrado en la violación especificando los recursos de la s.318.14 y que el infractor debe pagar la multa de $ 158 a la departamento, condado o municipio, o proporcionar una declaración jurada de conformidad con el párrafo (d), o solicitar una audiencia dentro de los 60 días siguientes a la fecha de la notificación, a fin de evitar la emisión de una citación de tránsito. La notificación deberá ser enviada por correo de primera clase. El envío de la notificación de la violación constituye notificación.
b. Incluido con la notificación al propietario registrado del vehículo involucrado en la infracción debe ser un aviso de que el propietario tiene el derecho de revisar las imágenes fotográficas o electrónicas o de las pruebas de video streaming que constituye una presunción en contra del propietario de la vehículo. El aviso debe indicar la ubicación de tiempo y lugar o por Internet en la evidencia puede ser examinado y observado.
c. No obstante cualquier otra disposición de la ley, una persona que recibe una notificación de violación bajo esta sección puede solicitar una audiencia dentro de los 60 días siguientes a la notificación de la violación o el pago de la sanción prevista en el aviso de la violación, sino un pago o la tasa no podrá se requiere antes de la audiencia solicitada por el usuario. La notificación de la violación debe ser acompañado por, o dirigir a la persona a un sitio web que ofrece información sobre el derecho de la persona a solicitar una audiencia y en todo el corte cuesta derivada de la misma y un formulario para solicitar una audiencia. Como se usa en este sub-párrafo, el término "persona" comprende una persona física, titular registral o copropietario de un vehículo de motor, o de la persona identificada en una declaración jurada de tener cuidado, la custodia o el control del vehículo en el momento de la violación.
d. Si el titular registral o copropietario del vehículo de motor, o de la persona designada como tener cuidado, la custodia o el control del vehículo en el momento de la violación, o un representante autorizado del propietario, copropietario o persona designada, inicia un procedimiento para impugnar la violación en virtud del presente párrafo, dicha persona renuncia a cualquier problema o disputa en cuanto a la entrega de la notificación de la violación.
2. Sanciones liquidados y recaudados por el departamento, el condado o municipio autorizado para cobrar los fondos previstos en el presente párrafo, menos la cantidad retenida por el condado o municipio en virtud del párrafo 3., serán pagados al Departamento de Ingresos semanal. El pago por el departamento, el condado o municipio en el estado se hará por medio de transferencias electrónicas de fondos. Además del pago, detalle resumen de las penas remitidas deberá ser comunicado a la Dirección General de Ingresos.
. 3 Sanciones ser fijados y recaudados por el departamento, el condado o municipio son los siguientes:a. Ciento cincuenta y ocho dólares por una violación de s. 316.074 (1) o s. 316.075 (1) (c) 1.cuando un conductor no se detuvo en un semáforo cuando la ejecución es por el tráfico de agente de la infracción del departamento. Cien dólares serán remitidos a la Dirección General de Ingresos para su depósito en el Fondo General de Ingresos, $ 10 serán remitidos al Departamento de Rentas para su depósito en el Departamento del Fondo de Fideicomiso de Salud Emergency Medical Services, $ 3 se remitirá a la Dirección General de Ingresos para su depósito en el cerebro y el Fondo Fiduciario de lesión de la médula espinal, y $ 45, se distribuye al municipio en el que se produjo la violación, o, si la violación ocurrió en un área no incorporada al condado en el que ocurrió la violación. Los fondos depositados en el Departamento del Fondo de Fideicomiso de Salud Servicios Médicos de Emergencia bajo este sub-párrafo se distribuirá conforme a lo dispuesto en el s. 395.4036 (1). Producto de las infracciones en el cerebro y el Fondo Fiduciario de Lesiones de la Médula Espinal se distribuirán trimestralmente al Proyecto Miami para Curar la Parálisis y se utilizan para la investigación del cerebro y la médula espinal.
b. Ciento cincuenta y ocho dólares por una violación de s. 316.074 (1) o s. 316.075 (1) (c) 1.cuando un conductor no se detuvo en un semáforo cuando la ejecución de un agente de la infracción de tráfico del condado o municipal. Setenta dólares serán remitidas por el condado o municipio para el Departamento de Hacienda para su depósito en el Fondo General de Ingresos, $ 10 serán remitidos al Departamento de Hacienda para su depósito en el Departamento del Fondo de Fideicomiso de Salud Emergency Medical Services, $ 3 será remitida al el Departamento de Hacienda para su depósito en el cerebro y el Fondo Fiduciario de lesión de la médula espinal, y $ 75 será retenido por el condado o municipio hacer cumplir la ordenanza promulgada en virtud del presente apartado. Los fondos depositados en el Departamento del Fondo de Fideicomiso de Salud Servicios Médicos de Emergencia bajo este sub-párrafo se distribuirá conforme a lo dispuesto en el s. 395.4036 (1). Producto de las infracciones en el cerebro y el Fondo Fiduciario de Lesiones de la Médula Espinal se distribuirán trimestralmente al Proyecto Miami para Curar la Parálisis y se utilizan para la investigación del cerebro y la médula espinal.
4. Una persona no puede recibir una comisión de cualquier ingresos recaudados de violaciónes detectados mediante el uso de un detector de infracción de tránsito. Un fabricante o distribuidor no pueden recibir un pago o remuneración basada en el número de violaciónes detectados mediante el uso de un detector de infracción de tránsito.
(C) 1.a Una citación emitida bajo esta sección deberá ser emitido por correo la citación por correo certificado a la dirección del propietario registrado del vehículo involucrado en la violación si el pago no se ha hecho dentro de los 60 días después de notificación de conformidad con el párrafo (b), si el titular registral no ha solicitado una audiencia conforme a lo autorizado en el párrafo (b), o si el titular registral no ha presentado una declaración jurada conforme a esta sección.
b. La entrega de la citación de tráfico constituye una notificación en virtud de este párrafo. Si el titular registral o copropietario del vehículo de motor, o de la persona designada como tener cuidado, la custodia o el control del vehículo en el momento de la violación, o un representante debidamente autorizado por el propietario, copropietario o persona designada, inicia un procedimiento para impugnar la citación conforme a esta sección, dicha persona renuncia a cualquier reto o disputa en cuanto a la entrega de la citación de tráfico.
c. En el caso de cotitularidad de un vehículo de motor, la citación se enviará por correo al primer nombre que aparece en el registro, a menos que el primer nombre que aparece en el registro es una organización empresarial, en cuyo caso el segundo nombre que aparece en la registro puede ser utilizado.
2. Incluido con la notificación al propietario registrado del vehículo involucrado en la infracción será un aviso de que el propietario tiene el derecho de revisar, en persona o de forma remota, las imágenes fotográficas o electrónicas o de las pruebas de video streaming que constituye una refutable presunción en contra del dueño del vehículo. El aviso debe indicar la ubicación de tiempo y lugar o por Internet en la evidencia puede ser examinado y observado.
(D) 1. El propietario del vehículo involucrado en la violación es responsable y responsable de pagar la citación de tráfico uniforme expedido por una violación de s. 316.074 (1) o s. 316.075 (1) (c) 1. cuando el conductor no se detuvo en un semáforo, a menos que el propietario puede establecer que:a. El vehículo pasó por la intersección con el fin de ceder el derecho de paso a un vehículo de emergencia o como parte de un cortejo fúnebre;
. b El vehículo pasa a través de la intersección en la dirección de un oficial de la ley;
. c El vehículo era, en el momento de la violación, en el cuidado, custodia o control de otra persona;
. d una citación de tráfico uniforme fue emitida por un oficial de policía al conductor del vehículo por la presunta violación de s. 316.074 (1) o s. 316.075 (1) (c) 1,. o
e. El dueño del vehículo había fallecido en o antes de la fecha en que la citación de tráfico uniforme fue emitido, según lo establecido por una declaración jurada presentada por el representante de la propiedad del propietario del vehículo o la persona designada o miembro de la familia.
2. Con el fin de establecer los hechos, el propietario del vehículo de motor deberá, dentro de los 30 días siguientes a la fecha de emisión de la citación de tráfico, proporcionar a la entidad gubernamental competente una declaración jurada información sea detallada apoyar una excepción a lo dispuesto en el presente apartado .a. Una declaración jurada de exención bajo 1.c. sub-párrafo debe incluir el nombre, dirección, fecha de nacimiento y, si se conoce, el número de licencia de conducir de la persona que arrendada, alquilada, o de otra manera tenía cuidado, la custodia o el control del vehículo en el momento de la supuesta violación. Si el vehículo fue robado en el momento del presunto delito, la declaración jurada deberá incluir el informe de la policía indica que el vehículo era robado.
b. Si una citación por una violación de s. 316.074 (1) o s. 316.075 (1) (c) 1. fue emitida en el lugar de la violación por parte de un oficial de la ley, la declaración jurada debe incluir el número de serie de la citación de tráfico uniforme.
c. Si el propietario del vehículo automotor a quien una infracción de tráfico se ha emitido ha fallecido, la declaración jurada debe incluir una copia certificada del acta de defunción del dueño mostrando que la fecha de la muerte se produjo en o antes de la emisión de la citación de tráfico uniforme y uno de la siguiente:(I) Un contrato de venta u otro documento que demuestre que el vehículo de motor del propietario fallecido fue vendida o transferida después de su muerte, pero en o antes de la fecha de la supuesta violación.
(II) Documentación acreditativa de la matrícula registrada perteneciente al vehículo del titular fallecido fue devuelta al departamento o cualquier sucursal o agente autorizado del departamento, pero en o antes de la fecha de la supuesta violación.
(III) Una copia de un informe de la policía muestran que la matrícula registrada del dueño fallecido o vehículo fue robado después de la muerte del propietario, pero en o antes de la fecha de la supuesta violación.
Tras la recepción de la declaración jurada y la documentación requerida en este sub-párrafo, la entidad gubernamental debe rechazar la citación y la prueba de tal despido a la persona que presentó la declaración jurada.
3. Tras la recepción de una declaración jurada, la persona designada como tener cuidado, la custodia o el control del vehículo en el momento de la violación puede recibir una notificación de violación de conformidad con el párrafo (b) por una violación de s. 316.074 ( 1) o s. 316.075 (1) (c) 1.cuando el conductor no se detuvo en un semáforo. La declaración jurada es admisible en un procedimiento con arreglo a esta sección con el fin de aportar la prueba de que la persona identificada en la declaración jurada era en el cuidado, custodia o control del vehículo de motor. El propietario de un vehículo alquilado por el que se emite una multa de tráfico por una violación de s.316.074 (1) o s. 316.075 (1) (c) 1. cuando el conductor no se detuvo en un semáforo no es responsable del pago de la infracción de tráfico y no está obligado a presentar una declaración jurada según lo especificado en este apartado si el vehículo involucrado en la violación está registrada a nombre del arrendatario de dicho motor vehículo.
4. Los párrafos (b) y (c) se aplican a la persona identificada en la declaración jurada, salvo que la notificación prevista en el sub-párrafo (b) 1.a. deben enviarse a la persona identificada en la declaración jurada dentro de los 30 días siguientes a la recepción de una declaración jurada.
5. La presentación de una declaración jurada falsa es un delito menor de segundo grado, punible según lo dispuesto en el s. 775.082 o s. 775.083 .
(E) Las imágenes fotográficas o electrónicas o streaming de vídeo conectado o se hace referencia en la citación de tráfico es evidencia de que una violación de s. 316.074 (1) o s. 316.075(1) (c) 1. cuando el conductor no se detuvo en una señal de tráfico se ha producido y es admisible en cualquier procedimiento para hacer cumplir esta sección y plantea una presunción refutable de que el vehículo mencionado en el informe o se muestra en las imágenes fotográficas o electrónicas o pruebas de video streaming se utiliza en violación de s. 316.074 (1) o s. 316.075 (1) (c) 1. cuando el conductor no se detuvo en un semáforo.
(2) Un aviso de violación y una infracción de tráfico no podrá ser expedida por no detenerse en un semáforo en rojo si el conductor está haciendo un giro a la derecha de una manera cuidadosa y prudente en una intersección donde gira la derecha son permisibles.
(3) Esta sección complementa la aplicación de la s. 316.074 (1) o s. 316.075 (1) (c) 1. por los agentes del orden, cuando un conductor no se detuvo en un semáforo y no prohíbe a un agente de la autoridad de emitir una citación por una violación de s. 316.074 (1) o s. 316.075 (1) (c) 1. cuando un conductor no se detuvo en un semáforo, de acuerdo con las técnicas normales de control del tránsito.
(4) (a) Cada condado o municipio que cuenta con un detector de infracción de tránsito deberán presentar un informe el 1 de octubre de 2012, y posteriormente cada año, el departamento que se detallan los resultados de la utilización del detector de infracción de tránsito y los procedimientos para la aplicación de la anterior año fiscal. La información presentada por los condados y municipios deben incluir datos estadísticos y la información requerida por el departamento para completar el informe requerido por el párrafo (b).
(B) En o antes del 31 de diciembre de 2012 y posteriormente cada año, el departamento deberá presentar un informe resumido para el Gobernador, el Presidente del Senado y el Presidente de la Cámara de Representantes sobre el uso y funcionamiento de los detectores de infracciones de tráfico en virtud esta sección, junto con las recomendaciones del departamento y de la legislación necesaria.El resumen debe incluir una revisión de la información presentada al departamento por las provincias y los municipios y debe describir la mejora de la seguridad vial y los programas de aplicación.
(5) Los procedimientos para una audiencia bajo esta sección son los siguientes:(A) El departamento deberá publicar y poner a disposición electrónicamente a cada condado y municipio un modelo de Solicitud de Audiencia para ayudar a cada gobierno local de la administración de esta sección.
(B) El condado charter, noncharter condado o municipio opte por autorizar a los agentes encargados de hacer cumplir infracción de tránsito para emitir multas de tráfico en virtud del párrafo (1) (a) designarán mediante resolución de personal existente para servir como secretario para el oficial de la audiencia local.
(C) Toda persona que, en adelante denominado el "peticionario", que opta por solicitar una audiencia en virtud del párrafo (1) (b) se programará una audiencia por el secretario con el oficial de la audiencia local para comparecer ante un oficial de audiencia local con un aviso que se enviará por correo de primera clase. Una vez recibida la notificación, el solicitante puede reprogramar la audiencia una vez que mediante la presentación de una solicitud por escrito para volver a programar al empleado al oficial de audiencia local, al menos 5 días naturales antes de la fecha de la audiencia programada originalmente. El peticionario puede cancelar su comparecencia ante el funcionario de la audiencia local, mediante el pago de la pena impuesta en virtud del párrafo (1) (b), más $ 50 de gastos administrativos, antes del inicio de la audiencia.
(D) Todos los testimonios en la audiencia estará bajo juramento y se registrará. El oficial de la audiencia local, tomará el testimonio de un oficial de la infracción de tráfico y el peticionario, y puede tomar el testimonio de otros. El oficial de audiencia local revisará las imágenes fotográficas o electrónico o el streaming de vídeo disponibles en virtud de sub-párrafo (1) (b) 1.b. Las reglas formales de evidencia no se aplican, pero se observará el debido proceso y regulan el procedimiento.
(E) Al término de la audiencia, el oficial de la audiencia local deberá determinar si se ha producido una violación bajo esta sección, en cuyo caso el oficial de audiencias deberá confirmar o descartar la violación. El oficial de la audiencia local deberá emitir una orden administrativa final, incluyendo la determinación y, si se mantiene el aviso de violación, requerir al peticionario de pagar la penalidad anteriormente con el párrafo (1) (b), y también puede requerir al peticionario de pagar condado o gastos municipales, que no exceda de $ 250. La orden administrativa final se enviará por correo al solicitante por correo de primera clase.
(F) La parte agraviada puede apelar una orden administrativa final coherente con el proceso previsto en el s. 162.11 .
Historia. - s. 5, cap. 2010-80; s. 98, cap. 2012-174; ss. 3, 74, ch. 2012-181, s. 43, ch. 2013-15; s. 5, cap. 2013-160.
(B) 1.a. Dentro de los 30 días después de una violación, la notificación debe ser enviada al propietario registrado del vehículo involucrado en la violación especificando los recursos de la s.318.14 y que el infractor debe pagar la multa de $ 158 a la departamento, condado o municipio, o proporcionar una declaración jurada de conformidad con el párrafo (d), o solicitar una audiencia dentro de los 60 días siguientes a la fecha de la notificación, a fin de evitar la emisión de una citación de tránsito. La notificación deberá ser enviada por correo de primera clase. El envío de la notificación de la violación constituye notificación.
b. Incluido con la notificación al propietario registrado del vehículo involucrado en la infracción debe ser un aviso de que el propietario tiene el derecho de revisar las imágenes fotográficas o electrónicas o de las pruebas de video streaming que constituye una presunción en contra del propietario de la vehículo. El aviso debe indicar la ubicación de tiempo y lugar o por Internet en la evidencia puede ser examinado y observado.
c. No obstante cualquier otra disposición de la ley, una persona que recibe una notificación de violación bajo esta sección puede solicitar una audiencia dentro de los 60 días siguientes a la notificación de la violación o el pago de la sanción prevista en el aviso de la violación, sino un pago o la tasa no podrá se requiere antes de la audiencia solicitada por el usuario. La notificación de la violación debe ser acompañado por, o dirigir a la persona a un sitio web que ofrece información sobre el derecho de la persona a solicitar una audiencia y en todo el corte cuesta derivada de la misma y un formulario para solicitar una audiencia. Como se usa en este sub-párrafo, el término "persona" comprende una persona física, titular registral o copropietario de un vehículo de motor, o de la persona identificada en una declaración jurada de tener cuidado, la custodia o el control del vehículo en el momento de la violación.
d. Si el titular registral o copropietario del vehículo de motor, o de la persona designada como tener cuidado, la custodia o el control del vehículo en el momento de la violación, o un representante autorizado del propietario, copropietario o persona designada, inicia un procedimiento para impugnar la violación en virtud del presente párrafo, dicha persona renuncia a cualquier problema o disputa en cuanto a la entrega de la notificación de la violación.
2. Sanciones liquidados y recaudados por el departamento, el condado o municipio autorizado para cobrar los fondos previstos en el presente párrafo, menos la cantidad retenida por el condado o municipio en virtud del párrafo 3., serán pagados al Departamento de Ingresos semanal. El pago por el departamento, el condado o municipio en el estado se hará por medio de transferencias electrónicas de fondos. Además del pago, detalle resumen de las penas remitidas deberá ser comunicado a la Dirección General de Ingresos.
. 3 Sanciones ser fijados y recaudados por el departamento, el condado o municipio son los siguientes:a. Ciento cincuenta y ocho dólares por una violación de s. 316.074 (1) o s. 316.075 (1) (c) 1.cuando un conductor no se detuvo en un semáforo cuando la ejecución es por el tráfico de agente de la infracción del departamento. Cien dólares serán remitidos a la Dirección General de Ingresos para su depósito en el Fondo General de Ingresos, $ 10 serán remitidos al Departamento de Rentas para su depósito en el Departamento del Fondo de Fideicomiso de Salud Emergency Medical Services, $ 3 se remitirá a la Dirección General de Ingresos para su depósito en el cerebro y el Fondo Fiduciario de lesión de la médula espinal, y $ 45, se distribuye al municipio en el que se produjo la violación, o, si la violación ocurrió en un área no incorporada al condado en el que ocurrió la violación. Los fondos depositados en el Departamento del Fondo de Fideicomiso de Salud Servicios Médicos de Emergencia bajo este sub-párrafo se distribuirá conforme a lo dispuesto en el s. 395.4036 (1). Producto de las infracciones en el cerebro y el Fondo Fiduciario de Lesiones de la Médula Espinal se distribuirán trimestralmente al Proyecto Miami para Curar la Parálisis y se utilizan para la investigación del cerebro y la médula espinal.
b. Ciento cincuenta y ocho dólares por una violación de s. 316.074 (1) o s. 316.075 (1) (c) 1.cuando un conductor no se detuvo en un semáforo cuando la ejecución de un agente de la infracción de tráfico del condado o municipal. Setenta dólares serán remitidas por el condado o municipio para el Departamento de Hacienda para su depósito en el Fondo General de Ingresos, $ 10 serán remitidos al Departamento de Hacienda para su depósito en el Departamento del Fondo de Fideicomiso de Salud Emergency Medical Services, $ 3 será remitida al el Departamento de Hacienda para su depósito en el cerebro y el Fondo Fiduciario de lesión de la médula espinal, y $ 75 será retenido por el condado o municipio hacer cumplir la ordenanza promulgada en virtud del presente apartado. Los fondos depositados en el Departamento del Fondo de Fideicomiso de Salud Servicios Médicos de Emergencia bajo este sub-párrafo se distribuirá conforme a lo dispuesto en el s. 395.4036 (1). Producto de las infracciones en el cerebro y el Fondo Fiduciario de Lesiones de la Médula Espinal se distribuirán trimestralmente al Proyecto Miami para Curar la Parálisis y se utilizan para la investigación del cerebro y la médula espinal.
4. Una persona no puede recibir una comisión de cualquier ingresos recaudados de violaciónes detectados mediante el uso de un detector de infracción de tránsito. Un fabricante o distribuidor no pueden recibir un pago o remuneración basada en el número de violaciónes detectados mediante el uso de un detector de infracción de tránsito.
(C) 1.a Una citación emitida bajo esta sección deberá ser emitido por correo la citación por correo certificado a la dirección del propietario registrado del vehículo involucrado en la violación si el pago no se ha hecho dentro de los 60 días después de notificación de conformidad con el párrafo (b), si el titular registral no ha solicitado una audiencia conforme a lo autorizado en el párrafo (b), o si el titular registral no ha presentado una declaración jurada conforme a esta sección.
b. La entrega de la citación de tráfico constituye una notificación en virtud de este párrafo. Si el titular registral o copropietario del vehículo de motor, o de la persona designada como tener cuidado, la custodia o el control del vehículo en el momento de la violación, o un representante debidamente autorizado por el propietario, copropietario o persona designada, inicia un procedimiento para impugnar la citación conforme a esta sección, dicha persona renuncia a cualquier reto o disputa en cuanto a la entrega de la citación de tráfico.
c. En el caso de cotitularidad de un vehículo de motor, la citación se enviará por correo al primer nombre que aparece en el registro, a menos que el primer nombre que aparece en el registro es una organización empresarial, en cuyo caso el segundo nombre que aparece en la registro puede ser utilizado.
2. Incluido con la notificación al propietario registrado del vehículo involucrado en la infracción será un aviso de que el propietario tiene el derecho de revisar, en persona o de forma remota, las imágenes fotográficas o electrónicas o de las pruebas de video streaming que constituye una refutable presunción en contra del dueño del vehículo. El aviso debe indicar la ubicación de tiempo y lugar o por Internet en la evidencia puede ser examinado y observado.
(D) 1. El propietario del vehículo involucrado en la violación es responsable y responsable de pagar la citación de tráfico uniforme expedido por una violación de s. 316.074 (1) o s. 316.075 (1) (c) 1. cuando el conductor no se detuvo en un semáforo, a menos que el propietario puede establecer que:a. El vehículo pasó por la intersección con el fin de ceder el derecho de paso a un vehículo de emergencia o como parte de un cortejo fúnebre;
. b El vehículo pasa a través de la intersección en la dirección de un oficial de la ley;
. c El vehículo era, en el momento de la violación, en el cuidado, custodia o control de otra persona;
. d una citación de tráfico uniforme fue emitida por un oficial de policía al conductor del vehículo por la presunta violación de s. 316.074 (1) o s. 316.075 (1) (c) 1,. o
e. El dueño del vehículo había fallecido en o antes de la fecha en que la citación de tráfico uniforme fue emitido, según lo establecido por una declaración jurada presentada por el representante de la propiedad del propietario del vehículo o la persona designada o miembro de la familia.
2. Con el fin de establecer los hechos, el propietario del vehículo de motor deberá, dentro de los 30 días siguientes a la fecha de emisión de la citación de tráfico, proporcionar a la entidad gubernamental competente una declaración jurada información sea detallada apoyar una excepción a lo dispuesto en el presente apartado .a. Una declaración jurada de exención bajo 1.c. sub-párrafo debe incluir el nombre, dirección, fecha de nacimiento y, si se conoce, el número de licencia de conducir de la persona que arrendada, alquilada, o de otra manera tenía cuidado, la custodia o el control del vehículo en el momento de la supuesta violación. Si el vehículo fue robado en el momento del presunto delito, la declaración jurada deberá incluir el informe de la policía indica que el vehículo era robado.
b. Si una citación por una violación de s. 316.074 (1) o s. 316.075 (1) (c) 1. fue emitida en el lugar de la violación por parte de un oficial de la ley, la declaración jurada debe incluir el número de serie de la citación de tráfico uniforme.
c. Si el propietario del vehículo automotor a quien una infracción de tráfico se ha emitido ha fallecido, la declaración jurada debe incluir una copia certificada del acta de defunción del dueño mostrando que la fecha de la muerte se produjo en o antes de la emisión de la citación de tráfico uniforme y uno de la siguiente:(I) Un contrato de venta u otro documento que demuestre que el vehículo de motor del propietario fallecido fue vendida o transferida después de su muerte, pero en o antes de la fecha de la supuesta violación.
(II) Documentación acreditativa de la matrícula registrada perteneciente al vehículo del titular fallecido fue devuelta al departamento o cualquier sucursal o agente autorizado del departamento, pero en o antes de la fecha de la supuesta violación.
(III) Una copia de un informe de la policía muestran que la matrícula registrada del dueño fallecido o vehículo fue robado después de la muerte del propietario, pero en o antes de la fecha de la supuesta violación.
Tras la recepción de la declaración jurada y la documentación requerida en este sub-párrafo, la entidad gubernamental debe rechazar la citación y la prueba de tal despido a la persona que presentó la declaración jurada.
3. Tras la recepción de una declaración jurada, la persona designada como tener cuidado, la custodia o el control del vehículo en el momento de la violación puede recibir una notificación de violación de conformidad con el párrafo (b) por una violación de s. 316.074 ( 1) o s. 316.075 (1) (c) 1.cuando el conductor no se detuvo en un semáforo. La declaración jurada es admisible en un procedimiento con arreglo a esta sección con el fin de aportar la prueba de que la persona identificada en la declaración jurada era en el cuidado, custodia o control del vehículo de motor. El propietario de un vehículo alquilado por el que se emite una multa de tráfico por una violación de s.316.074 (1) o s. 316.075 (1) (c) 1. cuando el conductor no se detuvo en un semáforo no es responsable del pago de la infracción de tráfico y no está obligado a presentar una declaración jurada según lo especificado en este apartado si el vehículo involucrado en la violación está registrada a nombre del arrendatario de dicho motor vehículo.
4. Los párrafos (b) y (c) se aplican a la persona identificada en la declaración jurada, salvo que la notificación prevista en el sub-párrafo (b) 1.a. deben enviarse a la persona identificada en la declaración jurada dentro de los 30 días siguientes a la recepción de una declaración jurada.
5. La presentación de una declaración jurada falsa es un delito menor de segundo grado, punible según lo dispuesto en el s. 775.082 o s. 775.083 .
(E) Las imágenes fotográficas o electrónicas o streaming de vídeo conectado o se hace referencia en la citación de tráfico es evidencia de que una violación de s. 316.074 (1) o s. 316.075(1) (c) 1. cuando el conductor no se detuvo en una señal de tráfico se ha producido y es admisible en cualquier procedimiento para hacer cumplir esta sección y plantea una presunción refutable de que el vehículo mencionado en el informe o se muestra en las imágenes fotográficas o electrónicas o pruebas de video streaming se utiliza en violación de s. 316.074 (1) o s. 316.075 (1) (c) 1. cuando el conductor no se detuvo en un semáforo.
(2) Un aviso de violación y una infracción de tráfico no podrá ser expedida por no detenerse en un semáforo en rojo si el conductor está haciendo un giro a la derecha de una manera cuidadosa y prudente en una intersección donde gira la derecha son permisibles.
(3) Esta sección complementa la aplicación de la s. 316.074 (1) o s. 316.075 (1) (c) 1. por los agentes del orden, cuando un conductor no se detuvo en un semáforo y no prohíbe a un agente de la autoridad de emitir una citación por una violación de s. 316.074 (1) o s. 316.075 (1) (c) 1. cuando un conductor no se detuvo en un semáforo, de acuerdo con las técnicas normales de control del tránsito.
(4) (a) Cada condado o municipio que cuenta con un detector de infracción de tránsito deberán presentar un informe el 1 de octubre de 2012, y posteriormente cada año, el departamento que se detallan los resultados de la utilización del detector de infracción de tránsito y los procedimientos para la aplicación de la anterior año fiscal. La información presentada por los condados y municipios deben incluir datos estadísticos y la información requerida por el departamento para completar el informe requerido por el párrafo (b).
(B) En o antes del 31 de diciembre de 2012 y posteriormente cada año, el departamento deberá presentar un informe resumido para el Gobernador, el Presidente del Senado y el Presidente de la Cámara de Representantes sobre el uso y funcionamiento de los detectores de infracciones de tráfico en virtud esta sección, junto con las recomendaciones del departamento y de la legislación necesaria.El resumen debe incluir una revisión de la información presentada al departamento por las provincias y los municipios y debe describir la mejora de la seguridad vial y los programas de aplicación.
(5) Los procedimientos para una audiencia bajo esta sección son los siguientes:(A) El departamento deberá publicar y poner a disposición electrónicamente a cada condado y municipio un modelo de Solicitud de Audiencia para ayudar a cada gobierno local de la administración de esta sección.
(B) El condado charter, noncharter condado o municipio opte por autorizar a los agentes encargados de hacer cumplir infracción de tránsito para emitir multas de tráfico en virtud del párrafo (1) (a) designarán mediante resolución de personal existente para servir como secretario para el oficial de la audiencia local.
(C) Toda persona que, en adelante denominado el "peticionario", que opta por solicitar una audiencia en virtud del párrafo (1) (b) se programará una audiencia por el secretario con el oficial de la audiencia local para comparecer ante un oficial de audiencia local con un aviso que se enviará por correo de primera clase. Una vez recibida la notificación, el solicitante puede reprogramar la audiencia una vez que mediante la presentación de una solicitud por escrito para volver a programar al empleado al oficial de audiencia local, al menos 5 días naturales antes de la fecha de la audiencia programada originalmente. El peticionario puede cancelar su comparecencia ante el funcionario de la audiencia local, mediante el pago de la pena impuesta en virtud del párrafo (1) (b), más $ 50 de gastos administrativos, antes del inicio de la audiencia.
(D) Todos los testimonios en la audiencia estará bajo juramento y se registrará. El oficial de la audiencia local, tomará el testimonio de un oficial de la infracción de tráfico y el peticionario, y puede tomar el testimonio de otros. El oficial de audiencia local revisará las imágenes fotográficas o electrónico o el streaming de vídeo disponibles en virtud de sub-párrafo (1) (b) 1.b. Las reglas formales de evidencia no se aplican, pero se observará el debido proceso y regulan el procedimiento.
(E) Al término de la audiencia, el oficial de la audiencia local deberá determinar si se ha producido una violación bajo esta sección, en cuyo caso el oficial de audiencias deberá confirmar o descartar la violación. El oficial de la audiencia local deberá emitir una orden administrativa final, incluyendo la determinación y, si se mantiene el aviso de violación, requerir al peticionario de pagar la penalidad anteriormente con el párrafo (1) (b), y también puede requerir al peticionario de pagar condado o gastos municipales, que no exceda de $ 250. La orden administrativa final se enviará por correo al solicitante por correo de primera clase.
(F) La parte agraviada puede apelar una orden administrativa final coherente con el proceso previsto en el s. 162.11 .
Historia. - s. 5, cap. 2010-80; s. 98, cap. 2012-174; ss. 3, 74, ch. 2012-181, s. 43, ch. 2013-15; s. 5, cap. 2013-160.